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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 84 Jueves, 02 de mayo de 2002 Pág. 6.282

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 2 de abril de 2002 por la que se concede a la Fundación Formación e Emprego (Forem-Galicia) la renovación de la calificación de entidad reconocida para impartir cursos teórico-prácticos para la obtención de carnets profesionales de instalador y mantenedor autorizado de calefacción y ACS y de climatización.

Examinada la solicitud y la documentación adjunta, presentada Xosé Eusebio Justo Santos, en representación de la Fundación Formación e Emprego (Forem-Galicia) con CIF G-15428287 y domicilio en Romero Donallo nº 17 de Santiago de Compostela, solicitando la renovación de la calificación de entidad reconocida para impartir cursos teórico-praácticos para la obtención de carnets profesionales de instalador y mantenedor de calefacción y agua caliente sanitaria (ACS) y de climatización.

Hechos.

Primero.-Con fecha 4 de septiembre de 2001, Xosé Eusebio Justo Santos, en nombre y representación de la Fundacion Formación e Emprego (Forem-Galicia) presentó escrito solicitando, al amparo de la Orden de 27 de diciembre de 2000, por la que se establece el procedimiento unificado para la obtención de carnets profesionales y exigencias a empresas autorizadas para instalación, mantenimiento y otras actividades en materia de seguridad industrial (DOG del 16 de enero de 2001), que le fuese concedida la renovación como entidad reconocida para impartir cursos teórico-prácticos en los ámbitos solicitados.

A tal efecto, aportaba la documentación exigida en el artículo trece de la citada orden.

Fundamentos de derecho.

Primero.-Esta dirección general es competente para resolver este expediente con base en el Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la ley orgánica 1/1981 de 6 abril; en los reales decretos 1634/1980, de 31 de julio, y 2563/1982, de 24 de julio, en los decretos 6/1982, de 29 de enero y 132/1982, de 4 de noviembre y en el Decreto 15/2002, de 24 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, con relación a la Orden de 27 de diciembre de 2000, por la que se establece el procedimiento unificado para la obtención de carnets profesionales y exigencias a empresas autorizadas para la instalación, mantenimiento y otras actividades en materia de seguridad industrial y la demás legislación concordante.

Segundo.-En la tramitación de este expediente se cumplieron todos los requisitos reglamentariamente establecidos.

Tercero.-La documentación presentada por Xosé Eusebio Justo Santos acredita que la Fundacion Formación e Emprego (Forem-Galicia) cumple con las exigencias establecidas en el artículo 13 de la Orden de 27 de diciembre de 2000 para su actuación en los ámbitos y categorías solicitadas.

La dirección general de Industria, de acuerdo con todo lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas,

RESUELVE:

Primero.-Otorgar a la Fundacion Formación e Emprego (Forem-Galicia) la renovación de la calificación de entidad reconocida para impartir los cursos teórico-prácticos para la obtención de los carnets profesionales de instalador y mantenedor de calefacción y ACS y de climatización, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, de conformidad con lo establecido en el capítulo quinto de la Orden de 27 de diciembre de 2000.

Segundo.-Para impartir los cursos, se deberá comunicar a las delegaciones provinciales de la Consellería de Industria y Comercio de las provincias en donde se impartan los cursos, antes del inicio de los mismos, las fechas de inicio, programa, profesorado, listados de alumnos y lugar, horario y fecha de los exámenes, con el objeto de realizar el control correspondiente.

Tercero.-Esta autorización se deberá renovar a los dos años, para lo que deberá acreditar ante la dirección general competente en materia de industria el cumprimento de lo requisitos exigidos en la autorización inicial.

Cuarto.-Las entidades reconocidas quedan obligadas a comunicar los cambios que se puedan producir en su estructura de personal durante el período de validez de la autorización, así como presentar anualmente una memoria en la que se detallen las actividades desarrolladas.

Quinto.-Se podrá, mediante resolución motivada por el director general competente en materia de industria, revocarse la autorización a dicha entidad en el caso de que se incumplan las obligaciones y compromisos que resulten de lo dispuesto en la Orden de 27 de diciembre de 2000, DOG del 16 de enero de 2001.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de notificación, recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre) de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santiago de Compostela, 2 de abril de 2002.

Ramón Ordás Badía

Director general de Industria, Energía y Minas