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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 82 Lunes, 29 de abril de 2002 Pág. 6.001

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia (127/2002).

Jaime Balado Yáñez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número dos de A Coruña, doy fe y testimonio en los autos seguidos ante este juzgado de lo social tramitados bajo el número 127/2002 contra las empresas Rediscarta Galicia, S.L. y Repriss La Coruña, S.L. sobre despido, se dictó la siguiente sentencia:

«Sentencia. A Coruña, veintiséis de marzo de 2002. Jorge Hay Alba, magistrado-juez del Juzgado número dos de lo Social de esta ciudad, vio los presentes autos de juicio 127/2002 seguidos a instancia de Concepción Arias Pérez, Ana Celsa Domínguez Reigosa, Erica Irma Suárez Rey y Francisco Xosé Gómez García, mayores de edad, asistidos por el letrado Felipe Martínez Ramonde, contra las empresas Rediscarta Galicia, S.L. y Repriss La Coruña, S.L., que no comparecieron en los autos, e interviniendo el Fondo de Garantía Salarial, representado y asistido por el letrado Javier Morado Díaz, siendo objeto de reclamación, despido.

Siguen hechos y fundamentos jurídicos.

Decido que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por los actores, interviniendo el Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido efectuado el 21-1-2002 y extinguida la relación laboral, condenando las empresas condemandadas Rediscarta Galicia, S.L. y Repriss La Coruña, S.L., a que, solidariamente, abonen a los actores las siguientes cantidades por el concepto de indemnización y salarios de tramitación: a Concepción Arias Pérez, 1.463,63 euros más 675,20 euros; a Ana Celsa Domínguez Reigosa, 949,38 euros más 675, 20 euros; a Erica Irma Suárez Rey, 909,82 euros más 675,20 euros, y a Francisco Xosé Gómez García, 1.124,93 euros más 417,28 euros.

Notifíqueseles esta resolución a las partes a las que se hará saber que contra la referida solo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándose ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término si el recurrente no goza del beneficio de la justicia gratuita deberá al anunciarlo entregar el resguardo acreditativo de consignación de la cantidad objeto de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el BBV de esta ciudad con el número de cuenta 5603 clave 60, haciendo constar en el ingreso el número del expediente.

Y así mismo deberá, en el momento de interponer el recurso consignar la candidad de 25.000 pesetas en concepto de depósito en la clave 65 de la citada cuenta y expediente.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a las empresas Rediscarta Galicia, S.L. y Repriss La Coruña, S.L., que tienen domicilio desconocido, mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo la presente en A Coruña, veintiséis de marzo de 2002.

Secretario judicial

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