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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 80 Jueves, 25 de abril de 2002 Pág. 5.835

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2002, de la Delegación Provincial de Ourense, sobre notificación de la resolución del expediente OU 061/01P y cinco más, por infracción de la Ley de pesca fluvial.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que en el anexo se mencionan la resolución de los expedientes sancionadores por infracciones a la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial (DOG nº 151, del 5 de agosto) y a su reglamento, aprobado por el Decreto 130/1997, de 14 de mayo (DOG nº 106, del 4 de junio).

El importe de la sanción se hará efectivo en cualquier entidad bancaria, en la cuenta de recaudación de multas y sanciones de la Xunta de Galicia, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de firmeza de la presente resolución. Para efectuarlo deberán emplear los impresos normalizados que les serán facilitados en esta delegación provincial, sita en la calle Paseo, nº 18, 5ª planta,

en Ourense. Transcurrido el citado plazo, se procederá al cobro por la vía administrativa de apremio.

No obstante lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 114.1º y concordantes de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe formular recurso de alzada ante el conselleiro de Medio Ambiente, en el plazo de un mes, contado igualmente, a partir del siguiente al de publicación de esta notificación.

Transcurrido el plazo de interposición del recurso, sin que éste se presente, esta resolución será firme a todos los efectos reglamentarios.

Ourense, 12 de marzo de 2002.

Agustín Prado Verdeal

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Expte./añoDenunciado

DNI

Último dirección conocidaHecho probadoPrecepto infringido

y sancionador

Sanción euros

OU-061/01PMario Rui Nunes FlorínC/ Trazeta Pedro Nones, nº 10,

3º izq., Ermesende, Valongo, Porto (Portugal)

Pescar sin licenciaArtículo 34.1º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia300,51, retirada de la licencia de pesca e inhabilitación para obtenerla durante un año

OU-108/01PDomingos Lopes Poulo

X0316722N

C/ Condes de los Gaitanes, nº 6,

3º D, Ponferrada, (León)

Pescar con más cañas de las permitidas (3) siendo sorprendido también los días 21-4 y 1-5 cometiendo esta infracciónArtículo 33.4º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia240,40

OU-133/01PCaín Jiménez Montoya

44458267

C/ Portobello B-2-4, OurensePescar en lunes, día inhábil para la pescaArtículo 33.9º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia60,10

OU-135/01PManuel Garrido Fernández

34565448J

C/ Baro Papón, 18-B, OurensePescar con más cañas de las permitidas (2)Artículo 33.9º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia60,10

OU-142/01PJuan Manuel Rosendo Mosquera

V-6973461

C/ General Franco, 32, Carballeda de Avia (Ourense)Pescar sin licenciaArtículo 34.1º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia300,51, retirada de la licencia de pesca e inhabilitación para obtenerla durante un año

OU-144/01PJosé Barros Janeiro

35940714

Lg. Mirelles, Beariz (Ourense)Pescar en lunes, día inhábil para la pescaArtículo 33.9º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia60,10