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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 77 Lunes, 22 de abril de 2002 Pág. 5.422

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 11 de abril de 2002 por la que se clasifica como de interés cultural la Fundación Nuestra Señora de La Saleta, Siador-Silleda.

Visto el expediente de clasificación de la Fundación Nuestra Señora de La Saleta, Siador-Silleda, con domicilio en Siador (Pontevedra).

Supuestos de hecho.

1. La fundación formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en Silleda, el día 19 de noviembre de 2001, ante la notaria María Teresa Sancho Sánchez, con

el número cuatrocientos ochenta de su protocolo, por Roberto José Rivas Martínez en su propio nombre.

3. Según consta en el artículo seis de sus estatutos, el objeto de la fundación es la propagación y difusión, así como el impulso del santuario de Nuestra Señora de La Saleta, establecido en Siador-Silleda, y todo lo relativo al mantenimiento, reparación y conservación del mismo y de su entorno ambiental.

4. El patronato de la fundación estará compuesto por José Fernández Viéitez como presidente, Julio Rivas López como secretario y Amador Marugán Patiño y José Ramón Rivas Martínez como vocales.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública propuesta de clasificación como de interés cultural de la Fundación Santuario Nuestra Señora de La Saleta, Siador-Silleda, dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma

de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1º y 2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como de interés cultural y su adscripción a la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.

Fundamentos de derecho.

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26º del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2º c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 9 de abril de 2002.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación.

En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar como de interés cultural la Fundación Nuestra Señora de La Saleta, Siador-Silleda adscribiéndola a la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 11 de abril de 2002.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia, Relaciones

Institucionales y Administración Pública