Ana María Carrasco García, secretaria del Juzgado de lo Social número cuatro de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos nº 470/2001, a instancia de Guillermo Domínguez Ramos contra la empresa Decora.e.Impermeb.J.S. S.L., sobre salarios, en los que ha recaído sentencia de fecha 28-2-2002 que, copiada en sus particulares necesarios, dice así:
Fallo que, estimando la demanda promovida por Guillermo Domínguez Ramos contra la empresa Decora.e.Impermeb.J.S. S.L., debo condenar y condeno a la demandada a que abone al actor la cantidad de 463,59 euros (77.135 pesetas) por todos los conceptos reclamados en la demanda.
Notifíquese esta resolución a las partes y hágaseles saber que contra ella no cabe recurso alguno.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Decora.e.Imper
meb.J.S. S.L., expido y firmo la presente cédula en A Coruña, 14 de marzo de 2002.
El secretario judicial
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