De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común, se le notifica a la persona que en el anexo se menciona, la propuesta de resolución dictada por la instructora en el expediente que por infracción a la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres se está tramitando en esta delegación.
A los efectos previstos en el artículo 19 Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la postestad sancionadora, el denunciado en plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación; podrá examinar el expediente en el Servicio de Medio Ambiente Natural, situado en c/ Benito Corbal, 47-5ª planta, y presentar las alegaciones que se consideren convenientes.
Pontevedra, 6 de marzo de 2002.
José Antonio López Rodríguez
Delegado provincial de Pontevedra
Expediente: P-EN-2001/37.
Denunciado: Fernando Tomás Domínguez Santiago, Dirección: c/ Lourizán Carbolle, nº 30, A Coruña.
Hechos denunciados: estacionar un vehículo tipo motocicleta, marca Honda, modelo CBR 600 F, con matrícula PO-7968-AG en las dunas, existiendo un cartel informando de la prohibición a la entrada del lugar, no se pudo localizar al conductor del mismo para notificarle la infracción.
Hechos denunciados el 13 de agosto del 2001 a las 12.15 horas en las dunas de Barra en Hío-Viñó-Barra en el municipio de Cangas.
Fecha del acuerdo de incoación: 18-9-2001.
Alegaciones a la incoación: no presenta ningún escrito en su descargo.
Fecha de la propuesta de resolución: 28-1-2002.
Precepto infringido: 38.2º de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y
fauna silvestres, en relación con la Orden de 28-1-1999 por lo que se declaran las zonas propuestas para su inclusión en la Red Europea Natura 2000, como espacios naturales en régimen de protección general y con la Orden de 7 de noviembre de 2000 por la que prorroga la declaración provisional.
Precepto sancionador: 38.2º da Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.
Sanción: 60,10 euros.