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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 72 Lunes, 15 de abril de 2002 Pág. 4.978

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE XINZO DE LIMIA

CÉDULA de notificación (201/2001).

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia: en Xinzo de Limia, a cinco de marzo de dos mil dos, vistos por mi, Ana González Lorenzo, jueza titular del Juzgado de Primera Instancia e Ins

trucción número uno de Xinzo de Limia y su partido judicial, los autos de guarda y custodia y alimentos seguidos a instancia de Nieves Jimeno Donado, representada por el procurador Lino Fernandez Pérez y defendida por la abogada López Lama, contra Francisco Baños Couso, declarado en rebeldía, y atendiendo a los siguientes, fallo:

Que con estimación de la demanda formulada por el procurador Lino Fernández Pérez, en nombre y representación de Nieves Jimeno Donado, contra Francisco Baños Couso, debo acordar y acuerdo:

1. Atribuir a Nieves Jimeno Donado la guarda y custodia de Nahum, Ramón Manuel y Samuel Baños Jimeno. 2. Fijar en concepto de pensión por alimentos, en favor de Nahum, Ramón Manuel y Samuel Baños Jimeno y a cargo de Francisco Baños Couso, la cantidad de cuatrocientos veinte euros con setenta y un céntimos mensuales (420,71), que será ingresada, en la cuenta que designe la actora o a través de cualquier giro postal o bancario, por anticipado y dentro de los cinco primeros días de cada mes, y que se actulizará anualmente conforme a las variaciones que experimente el IPC según los índices que elabore el Instituo Nacional de Estadística u organismo que cumpla sus funciones. 3. Establcer el siguiente régimen de visitas del padre en favor de los hijos: el padre disfrutará de la compañía de sus hijos un fin de semana al mes y los puentes escolares, además de las vacaciones de Semana Santa, la mitad de las vacaciones de Navidad y un mes y medio durante las vacaciones de verano. No se hace

pronunciamiento sobre costas. Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Ourense que, en su caso, deberá prepararse ante este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Francisco Baños Couso, se extiende la presente cédula para que sirva de notificación.

Xinzo de Limia, doce de marzo de dos mil dos.

El secretario

Rubricado

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