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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 70 Jueves, 11 de abril de 2002 Pág. 4.766

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2002, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza administrativamente y se aprueba el proyecto de ejecución de la variante de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 220 kV, Portodemouros-Tivo entre los apoyos 237 y 240 en la autopista Santiago de Compostela-Ourense en el término municipal de A Estrada (Pontevedra). (Expediente 312/2001 A.T.).

Examinado el expediente instruido a instancia de la empresa Unión Fenosa Distribución, S.A., con domicilio a efectos de notificación en travesía de Vigo, 204, 26207 Vigo, resultan los siguientes antecedentes de hecho:

Primero.-Con fecha de 4 de septiembre de 2001 la citada empresa solicita la autorización administrativa, aprobación del proyecto de la citada instalación; presentando el preceptivo proyecto de instalaciones a que hacen referencia los artículos 122 y 123 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Las características técnicas básicas de la instalación son las siguientes:

-Variante de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 220 kV, Portodemouros-Tivo entre los apoyos nº 237 y nº 240, de 466 m de longitud, con conductor tipo LA-455, sobre apoyos metálicos. La instalación está situada a la altura de p.k. 20+606, en el término municipal de A Estrada (Pontevedra), y se realiza con motivo de la construcción de la autopista Santiago de Compostela-Ourense.

Segundo.-La Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de Pontevedra sometió el citado proyecto de instalaciones a trámite de información pública mediante Resolución de 11 de septiembre de 2001, publicada en el DOG del 30 de octubre, en el BOP de Pontevedra del 8 de octubre y en la Delegación Provincial de Pontevedra.

Separadamente se presentaron aquellas partes del proyecto que afectan a bienes, instalaciones, obras o servicios, centros o zonas dependientes de otros organismos públicos o corporaciones, a fin de que, en su caso, estableciesen el condicionado procedente.

Tercero.-Durante el período en que se sometió a trámite de información pública no se presentaron alegaciones.

Cuarto.-La solicitud objeto de este expediente está informada favorablemente por la Delegación Provincial de Pontevedra.

Fundamentos de derecho:

Primero.-La Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para resolver este expediente con fundamento en el Estatuto de autonomía de Galicia, Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre, el Decreto 15/2002, de 24 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, en relación con el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico.

Segundo.-El proyecto cumple lo dispuesto en el Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de líneas eléctricas de alta tensión y, en concreto, en sus artículos 5 y 6.

Tercero.-En el expediente instruido al efecto se han cumplido los trámites reglamentarios.

Esta dirección general, de acuerdo con lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas,

RESUELVE:

1. Autorizar la variante de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 220 kV, Portodemouros-Tivo entre los apoyos nº 237 y nº 240 en la autopista Santiago de Compostela-Ourense en el término municipal de A Estrada (Pontevedra).

2. Aprobar el proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que se cita.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Santiago de Compostela, 7 de marzo de 2002.

Ramón Ordás Badía

Director general de Industria, Energía y Minas