Visto el expediente de la revisión salarial para el año 2002 del convenio colectivo del sector de transporte de mercancías por carretera, que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 14-2-2002, suscrito en representación de la parte económica por las asociaciones Acotrades, Atransa y Transcaf, y, de la parte social por las centrales sindicales CC.OO. y UGT el día 7-2-2002, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar el depósito del citado acuerdo en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
A Coruña, 26 de febrero de 2002.
Reyes Carabel Pedreira
Delegada provincial de A Coruña
Acta de la comisión paritaria del convenio colectivo de transporte de mercancías por carretera de la provincia de A Coruña
En la ciudad de A Coruña, y siendo las 18 horas del día 7 de febrero del año 2002, se reúne la comisión paritaria del convenio colectivo de transporte de mercancías por carretera de la provincia de A Coruña, en los locales de la Confederación de Empresarios de A Coruña
Acuerda:
1. La aprobación de las tablas salariales para el año 2002 con un incremento del 3,5% en todos los conceptos salariales, con respecto a las del año 2001. Constatado oficialmente el IPC real del año 2001 en un 2,7%, no procede la revisión salarial por este concepto, según se garantizaba en el artículo 16.
Y para que conste a los efectos oportunos, firma la presente en A Coruña, 7 de febrero de 2002.
UGT:
Fdo. Manuel Santiso Iglesias.
CC.OO:
Fdo. José Manuel Lado Lestón.
Acotrades:
Fdo. José Boedo Fernández.
Fdo. Fernando Vaamonde Romero.
Atransa:
Fdo. Fernando Varela López.
Transcaf:
Fdo. José Rico Casal.
Fdo. Raúl Puga Arias.
ANEXO
Tablas salariales del convenio provincial
de transporte de mercancías por carretera de A Coruña
para el año 2002
Categorías Mes (E) Extra (E) Total (E)
* Grupo 1º. Personal superior técnico-Subgrupo A Jefe de servicio 1.098,30 867,08 15.780,84 Inspector provincial 1.020,63 805,78 14.664,90 -Subgrupo B Ingenieros y licenciados 1.035,11 817,20 14.872,92 Ingenieros técnicos y auxiliares titulados 899,54 710,15 12.924,93 Ayudantes técnicos sanitarios 832,14 656,96 11.956,56
Categorías Mes (E) Extra (E) Total (E)
* Grupo 2º -Subgrupo A Personal administrativo Jefe de sección 922,59 728,34 13.256,10 Jefe de negociado 893,51 705,40 12.838,32 Oficial de primera 849,62 670,76 12.207,72 Oficial de segunda 826,11 652,17 11.869,83 Auxiliar administrativo 792,50 625,65 11.386,95 Aspirante de 16 a 17 años 618,50 488,30 8.886,90 Personal de agencias de transporte Encargado general 883,06 697,17 12.688,23 Encargado de almacén 831,58 656,52 11.948,52 Capataz 811,41 640,59 11.658,69 Mozo especializado 804,36 635,03 11.557,41 Mozo de carga, descarga y reparto 789,39 623,21 11.342,31 -Subgrupo B Transporte de mercancías Jefe de tráfico de primera 883,06 697,17 12.688,23 Jefe de tráfico de segunda 854,22 674,37 12.273,75 Jefe de tráfico de tercera 835,30 659,44 12.001,92 Conductor-mecánico 851,47 672,21 12.234,27 Conductor 836,35 660,29 12.017,07 Conductor de motocicleta y furgón 819,27 646,78 11.771,58 Ayudante de conductor 808,00 637,87 11.609,61 Mozo especializado 805,80 636,14 11.578,02 Mozo de carga, descarga y reparto 789,39 623,21 11.342,31 -Subgrupo C Personal de servicios auxiliares Sección 1ª. Garajes Encargado general de primera 849,62 670,76 12.207,72 Encargado general de segunda 805,80 636,14 11.578,02 Encargado de almacén 795,33 627,87 11.427,57 Engrasador-lavacoches 815,05 643,49 11.711,07 Guarda de noche 789,39 623,21 11.342,31 Guarda de día 789,39 623,21 11.342,31 Sección 2ª. Estación de lavado y engrase Encargado de primera 843,56 665,96 12.120,60 Encargado de segunda 805,80 636,14 11.578,02 Engrasador 815,05 643,49 11.711,07 Mozo de servicio 789,39 623,21 11.342,31 -Subgrupo H Transportes muebles, mudanzas y guardamuebles Jefe de tráfico 883,06 697,17 12.688,23 Inspector-visitador 854,22 674,37 12.273,75 Encargado de almacén y guardamuebles 843,56 665,96 12.120,60 Capataz 834,66 658,94 11.992,74 Capitonista 831,59 656,52 11.948,64 Mozo especializado 800,14 631,68 11.496,72 Mozo 789,39 623,21 11.342,31 Carpintero 831,59 656,52 11.948,64 Conductor-mecánico 851,47 672,21 12.234,27 Conductor 819,27 646,78 11.771,58 Conductor de motocicleta y furgón 799,34 631,06 11.485,26
* Grupo 3º. Personal de movimiento Factor 835,28 659,43 12.001,65
* Grupo 4º. Personal de talleres Jefe de taller 982,40 775,56 14.115,48 Encargado general 877,95 693,10 12.614,70 Encargado o contramaestre 877,95 693,10 12.614,70 Encargado de almacén 877,95 693,10 12.614,70 Jefe de equipo 851,47 672,21 12.234,27 Oficial de primera 842,70 665,31 12.108,33 Oficial de segunda 815,97 644,19 11.724,21 Oficial de tercera 815,40 643,74 11.716,02 Mozo de taller 805,71 636,09 11.576,79
* Grupo 5º Cobrador de facturas 792,50 625,65 11.386,95 Telefonista 784,62 619,47 11.273,85 Portero 799,84 631,44 11.492,40 Vigilante 799,84 631,44 11.492,40 Botones de 16 a 17 años 606,61 478,90 8.716,02 Limpiador 2,60
* Complementos.
-Personales (antigüedad):
Cinco años: 50,38 E/mes.
Diez años: 76,90 E/mes.
Quince años: 100,15 E/mes.
Veinte años: 125,34 E/mes.
Veinticinco años: 150,52 E/mes.
-De puesto de trabajo:
Plus de peligrosidad y toxicidad: 195,07 E/mes.
Plus de larga distancia: 68,51 E/mes.
* Dietas.
En Galicia: 28,89 E/día.
En el resto del Estado español: 32,6 E/día.
En internacional: 40,43 E/día.