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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 66 Viernes, 05 de abril de 2002 Pág. 4.371

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2002, de la Dirección General de Industria, por la que se autorizan las instalaciones electromecánicas, se aprueba el proyecto de ejecución y se reconoce como instalación acogida al régimen especial de producción de energía eléctrica la central hidroeléctrica de Aren, en el río Castro, ayuntamiento de Cerdedo, provincia de Pontevedra. (Expediente 379/2001 A.T.).

Visto el escrito presentado por José Manuel Cortizo Soñora con DNI nº 33206620-W, en calidad de repre

sentante legal de la empresa Cortizo Hidroeléctricas, S.A., con CIF A-15345572 y domicilio social en el lugar de A Matanza, s/n, 15917 Padrón, A Coruña, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y acogimiento al régimen especial de producción eléctrica regulado por el Real decreto 2818/1998, de 23 de diciembre, de las instalaciones eléctromecánicas de la central hidroeléctrica Aren, en el río Castro, ayuntamiento de Cerdedo (Pontevedra), resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho:

Primero.-Por Resolución de 27 de mayo de 1997 de la presidencia del organismo autónomo Aguas de Galicia, publicada en el BOP de Pontevedra del 9 de junio y en el DOG nº 119, del 23 junio con una corrección de errores publicada en el BOP nº 125, del 1 de julio y en el DOG nº 126, del 2 de julio, se anuncia el sometimiento a información pública de la petición de concesión, autorización administrativa y declaración de utilidad pública para la instalación de un aprovechamiento de aguas con destino a la producción de energía eléctrica de potencia nominal no superior a 5.000 kVA en el río Castro, junto con los proyectos y estudios de evaluación ambiental del concurso.

Segundo.-El presidente de Aguas de Galicia dictó el 31 de marzo de 1999 la resolución de otorgar la concesión solicitada por José Manuel Cortizo Soñora, en nombre y representación de Cortizo Hidroeléctricas, S.A. para derivar un caudal de agua de hasta 6.000 l/s, entre las cotas 420-340 m del río Castro, en el término municipal de Cerdedo, provincia de Pontevedra, con destino a la producción de energía eléctrica para uso público y declarar la utilidad pública de las obras constructivas del aprovechamiento a los efectos de expropiaciones forzosas e imposición de servidumbres de los bienes y derechos necesarios que correspondan.

Tercero.-El presidente de Aguas de Galicia dictó el 2 de diciembre de 1999 la resolución por la que se aprueba el proyecto del aprovechamiento hidroeléctrico en el río Castro, término municipal de Cerdedo, Pontevedra, correspondiente a la concesión administrativa otorgada por Resolución de 31 de marzo de 1999 a la sociedad Cortizo Hidroeléctricas, S.A. en el río Castro para la instalación de un aprovechamiento con destino a la producción de energía eléctrica para uso público, autorizando la ejecución de las obras e instalaciones previstas en dicho proyecto constructivo. En la misma resolución se modifica, con fundamento en el citado proyecto constructivo, el tramo ocupado por el aprovechamiento y la composición de la maquinaria a instalar, previstos en las condiciones particulares números 18ª, primer párrafo y 21ª de la concesión.

Cuarto.-El 2 de junio de 2000 José Manuel Cortizo Soñora, en calidad de representante legal de la empresa Cortizo Hidroeléctricas, S.A. solicita la autorización administrativa de la instalación de los equipos electromecánicos previstos en el proyecto denominado proyecto electromecánico del aprovechamiento hidroeléc-

trico del río Castro, se apruebe dicho proyecto y se reconozca al aprovechamiento hidroeléctrico como instalación acogida al régimen especial de producción de energía eléctrica e incluirla en el grupo b.4 del artículo 2 del Real decreto 2818/1998, aportando la documentación establecida al efecto por el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, de aplicación al presente expediente en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria undécima del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Real decreto 916/1985, de 25 de mayo, modificado por Real decreto 249/1988, de 18 de marzo y el Real decreto 2818/1998, de 23 de diciembre, sobre producción de energía eléctrica por instalaciones abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables, residuos y cogeneración antes mencionado.

Quinto.-Por acuerdo del 27 de noviembre de 2001 de la Delegación Provincial de Industria de Pontevedra, publicado en el BOP nº 241, de 17 de diciembre y en DOG nº 237, de 10 de diciembre, se sometió a información pública la petición de autorización de la instalación eléctrica de la central hidroeléctrica Aren en el río Castro, según lo establecido en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre y en el artículo 9 del Decreto 2617/1966, de aplicación al presente expediente.

Durante el período de exposición pública no se recibieron alegaciones.

Sexto.-Mediante escrito presentado en la Delegación Provincial de Industria de Pontevedra el 31 de enero de 2001, el ayuntamiento de Cerdedo hace constar que no realiza ninguna alegación con relación a la propuesta de autorización y aprobación de las instalaciones electromecánicas, contando la empresa solicitante con la preceptiva licencia municipal.

Séptimo.-Las instalaciones electromecánicas de la central hidroeléctrica de Aren en el río Castro, según el proyecto de ejecución, firmado por el ingeniero industrial José Carlos Rodríguez Vázquez colegiado número 1.140 y visado por el Ilustre Colegio de Ingenieros Industriales de Galicia con número 835/2001, tienen las siguientes características:

-Caudal máximo derivado: 6.000 l/s.

-Salto bruto: 75 m.

-Salto neto nominal: 73,5 m.

-Dos turbinas tipo Francis de eje horizontal de 1.423 y 2.775 kW de potencia, una velocidad de giro de 750 y 600 r.p.m. cada una y de 2.000 y 4.000 l/s respectivamente.

-Dos generadores síncronos trifásicos de 1.368 y 2.686 kW de potencia activa, 50 Hz de frecuencia, de 146 y 287 A de corriente nominal y una tensión de generación de 0,66 kV.

-Dos transformadores trifásicos elevadores de 1.600 y 3.000 kVA y relación de transformación 0,66/20 kV.

-Un transformador para servicios auxiliares de 50 kVA de potencia y 0,38/20 kV de relación de transformación.

-Sistema de cargador de baterías para alimentación de servicios primordiales que consta de una unidad de rectificación-carga y cuatro baterías de 24 V y 80 A.h de capacidad.

-Instalaciones de protección, maniobra, mando, señalización, medida e interconexión con la línea eléctrica.

Octavo.-La Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de Pontevedra emitió informe favorable, proponiendo la autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y acogimiento de la instalación al régimen especial de producción eléctrica regulado por el R.D. 2818/1998, de 23 de diciembre.

Fundamentos de derecho:

Primero.-La Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para resolver este expediente con fundamento en el Estatuto de autonomía de Galicia, el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre y el Decreto 15/2002, de 24 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, en relación con el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, de aplicación al presente expediente en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria undécima del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y el Real decreto 916/1985, de 25 de mayo, modificado por Real decreto 249/1988, de 18 de marzo y el Real decreto 2818/1998, de 23 de diciembre, sobre producción de energía eléctrica por instalaciones abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables, residuos y cogeneración.

Segundo.-En el expediente instruido al efecto se cumplieron los trámites reglamentarios.

Esta dirección general, de acuerdo con todo lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas

RESUELVE:

-Autorizar las instalaciones electromecánicas de la central hidroeléctrica de Aren en el río Castro, ayuntamiento de Cerdedo, provincia de Pontevedra.

-Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones electromecánicas de la citada central hidroeléctrica.

-Reconocer a la central hidroeléctrica de Aren, en el río Castro, la condición de instalación acogida al régimen especial de producción eléctrica con el objeto de incluirla en el grupo b.4 del artículo 2 del Real decreto 2818/1998, de 23 de diciembre, por el que se regula la producción de energía eléctrica por instalaciones abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables, residuos o cogeneración.

Queda obligada la empresa titular de la instalación, a notificar el comienzo y finalización de las obras para su inspección y puesta en marcha, pudiendo la Administración autonómica dejar sin efecto la presente resolución, después del oportuno expediente, en el momento que observe incumplimiento de los reglamentos, condicionantes técnicos y de seguridad y medidas correctoras establecidas por los organismos y entidades que constan en el expediente de este aprovechamiento hidroeléctrico.

Como requisito necesario para la aplicación del régimen especial a dicha instalación, la citada empresa deberá inscribirse en el Registro de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica en Régimen Especial de la Comunidad Autónoma de Galicia, creado por la orden de la Consellería de Industria y Comercio de 5 de julio de 1995 (DOG del 14 de julio), para lo que acreditará el cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 12 del R.D. 2818/1998, y presentar la documentación que figure en las instrucciones que dicte esta dirección general en desarrollo de la citada orden.

Asimismo, la instalación se interconectará con el sistema centralizado que para el régimen especial establezca, en su caso, la Dirección General de Industria.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Industria y Comercio de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 28 de febrero de 2002.

Ramón Ordás Badía

Director general de Industria, Energía y Minas