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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 66 Viernes, 05 de abril de 2002 Pág. 4.364

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO DOS DE MONDOÑEDO

EDICTO (213/2000).

En el procedimiento de juicio ejecutivo 213/2000 se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia:

En Mondoñedo, a 20 de diciembre de 2001.

María Sara Pendas Álvarez, jueza de Primera Instancia e Instrucción número dos de Mondoñedo y su partido, habiendo visto los presentes autos de juicio ejecutivo 213/2000, seguidos ante este juzgado, entre partes, de una, como demandante, Banco Español de Crédito, S.A., representado por el procurador Castañeda Gutiérrez, y bajo la dirección del letrado Núñez-Torrón Latorre, y de otra, como demandados, Sofersa, S.L., María Jesús Criado Maluenda, Pedro Manuel Queipo Martín, Mario Alberto Alzaga González, que figuran declarados en rebeldía, en reclamación de cantidad, por cuantía de 1.088.613 pesetas de principal, más 400.000 pesetas presupuestadas para intereses, gastos y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación.

Fallo: debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada contra Sofersa, S.L., María Jesús Criado Maluenda, Pedro Manuel Queipo Martín y Mario Alberto Alzaga González, hasta hacer trance y remate de los bienes embargados, y con su importe íntegro pago a Banco Español de Crédito, S.A. de la cantidad de un millón ochenta y ocho mil seiscientas trece (1.088.613) pesetas de principal, más cuatrocientas mil (400.000) pesetas que, por ahora y sin perjuicio de posterior liquidación, se fijan para intereses, pactados y legales, y costas, condenando además a los demandados al pago de las costas procesales de este juicio.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación, que podrá interponerse por escrito ante este juzgado, en el plazo de cinco días, y del que conocerá la Audiencia Provincial de Lugo. La interposición de este recurso no suspenderá, en ningún caso, la ejecución de la misma, ni la enajenación del bien adquirido a plazos».

Y como consecuencia del ignorado paradero de Sofersa, S.L., María Jesús Criado Maluenda, Pedro Manuel Queipo Martín y Mario Alberto Alzaga González, se extiende el presente edicto para que sirva de cédula de notificación.

Mondoñedo, 27 de diciembre de 2001.

La secretaria

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