Visto el expediente de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa Promotora Industrial Sadense, S.A. (Proinsa) para el año 2001, que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 5-2-2002, suscrito en representación de la parte económica por el representante de la empresa Proinsa, y, de la parte social por el delegado de personal de la empresa el día 18-1-2002, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el Libro Registro de Convenios Colectivos de Trabajo, obrante en esta
delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar el depósito del citado acuerdo en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
A Coruña, 7 de febrero de 2002.
P.S. (Decreto 161/2000, de 29 de junio)
Ana Lado Eiríz
Secretaria provincial de A Coruña
Acta de la reunión para la revisión del convenio colectivo Promotora Industrial Sadense, S.A. (Proinsa) (código 1503771).
En Sada a 18 de enero de 2002, siendo las 11 horas, se reúnen en el domicilio social de la empresa María Dolores Fernández Vázquez, mayor de edad, con DNI nº 32752367, como representante de la empresa Promotora Industrial Sadense, S.A. (Proinsa) con CIF A-15013667 y domicilio social en avda. del Puerto, nº 38, 15160 Sada, A Coruña y Miguel Ángel Gómez Fernández, mayor de edad, con DNI nº 10900102 como delegado de personal de los trabajadores.
Después de un breve debate se llega a los siguientes acuerdos:
1. Aplicar la revisión salarial establecida en el artículo 4 del convenio que consiste en ajustar los conceptos al IPC real del año 2001. Esto supone un incremento del 0,7%, resultante de la diferencia del IPC real, 2,7%, con el previsto, que era del 2%, y con efectos a partir del 1 de enero de 2001.
Se incorpora a esta acta una tabla que refleja las variaciones a aplicar.
2. Proseguir con la negociación del convenio colectivo aplicable para el año 2002.
Sin más asuntos que tratar, se levanta la reunión siendo las 12 horas, firmando los presentes en prueba de conformidad.
Mª Dolores Fernández Vázquez
Proinsa
Miguel Ángel Gómez Fernández
Delegado de Personal
Revisión salarial correspondiente al año 2001 de Proinsa
Retribuciones en pesetas.
Categoría Antiguo (IPC previsto 2001) Nuevo (IPC real año 2001)
Salario/mes Salario/año Salario/mes Salario/año
Peón 91.800 1.285.200 92.430 1.294.020
Oficial 2ª 102.000 1.428.000 102.700 1.437.800
Oficial 1ª 117.300 1.642.200 118.105 1.653.470
Conductor 117.300 1.642.200 118.105 1.653.470
Categoría Antiguo (IPC previsto 2001) Nuevo (IPC real año 2001)
Salario/mes Salario/año Salario/mes Salario/año
Biólogo 117.300 1.642.200 118.105 1.653.470
Técnico 126.480 1.770.720 127.348 1.782.872
Técnico superior 142.800 1.999.200 143.780 2.012.920
Jefe de equipo 180.540 2.527.560 181.779 2.544.906
Retribuciones en euros.
Categoría Antiguo (IPC previsto 2001) Nuevo (IPC real año 2001)
Salario/mes Salario/año Salario/mes Salario/año
Peón 551,73 7.724,21 555,52 7.777,22
Oficial 2ª 613,03 8.582,42 617,24 8.641,35
Oficial 1ª 704,99 9.869,82 709,83 9.937,55
Conductor 704,99 9.869,82 709,83 9.937,55
Biólogo 704,99 9.869,82 709,83 9.937,55
Técnico 760,16 10.642,24 765,38 10.715,28
Técnico superior 858,25 12.015,43 864,14 12.097,89
Jefe de equipo 1.085,07 15.190,94 1.092,51 15.295,19