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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 62 Lunes, 01 de abril de 2002 Pág. 4.068

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 26 de febrero de 2002, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se dispone el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial para el año 2002 del convenio colectivo de la empresa Cafetería del Complejo Hospitalario Juan Canalejo (concesionaria Serunión, S.A.).

Visto el expediente de la revisión salarial para el año 2002 del convenio colectivo de la empresa Cafetería del Complejo Hospitalario Juan Canalejo (concesionaria Serunión, S.A.), que tuvo entrada en esta delegación provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 18-2-2002, suscrito en representación de la parte económica por Serunión, S.A. y de la parte social por el delegado de personal el día 4-2-2002, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar el depósito del citado acuerdo en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 26 de febrero de 2002.

Reyes Carabel Pedreira

Delegada provincial de A Coruña

Convenio colectivo del personal de la Cafetería del Complejo Hospitalario Juan Canalejo

Asistentes:

Por la parte empresarial: Roberto Casal Ferreira.

Por la parte social: José Manuel Álvarez Rodríguez, José Ramón Grela (asesor-CC.OO.)

En A Coruña a 4 de febrero de 2002, siendo las 11 horas, en los locales de la empresa, se reúnen, de una parte la representación empresarial de Serunión, S.A., concesionaria de la Cafetería del Complejo Hospitalario Juan Canalejo, y de otra, la representación social indicada al margen. Los reunidos constatan los siguientes extremos:

Primero.-Establece el artículo 5 del convenio colectivo del personal de la Cafetería del Complejo Hospitalario Juan Canalejo que, al cumplir la fecha de

su vencimiento, el convenio se prorrogará tácitamente de año en año, de no mediar denuncia por cualquiera de las partes contratantes con un mes, como mínimo, de antelación a la fecha de su expiración. De prorrogarse por la tácita, todos los conceptos económicos se incrementarán en el IPC (índice de precios al consumo) establecido por el INE (Instituto Nacional de Estadística).

Segundo.-Al no hacer uso antes de diciembre de 2001 (ni la parte empresarial ni la social) de la denuncia prevista en el artículo 5 de este convenio, se debe prorrogar por la tácita y todos los conceptos económicos se incrementaran en el IPC establecido por el INE.

Tercero.-Que el IPC constatado y publicado por el INE por el período comprendido desde el 1 de enero de 2001 al establecido 31 de diciembre de 2001 es de 2,7%.

Cuarto.-Que las tablas sobre las que hay que aplicar el incremento del 2,7% son las del 2001 (anexo) las cuales se encuentran publicadas en el DOG de fecha 29 de mayo de 2001.

En relación con todo lo anterior, las partes acuerdan:

I. Incrementar las tablas salariales del 2001 con un 2,7%. Estas tablas son las que figuran en el anexo de esta acta.

II. La cuantía de la compensación establecida en el artículo 24 del convenio pasará a ser en el año 2001 de 6,79 euros (1.130 ptas.).

III. Autorizar a José Ramón Grela para que proceda a presentar esta acta y su anexo ante la autoridad laboral para proceder a los tramites de registro, deposito y publicación.

Sin más asuntos que tratar, se firma esta acta con conformidad en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.

ANEXO

Tablas salariales 2002 (euros)

CategoríasSalario

base

Plus cant.

trab. mes

Plus

transp. mes

Total mens.Total anual

Gerente834,3671.7143,14949,2113.893,60

Oficial admin.714,0871,7143,14828,9312.089,40

Encargado/a714,0871,7143,14828,9312.089,40

Cocinero/a714,0871,7143,14828,9312.089,40

Camarero/a714,0871,7143,14828,9312.089,40

Auxiliar caja714,0871,7143,14828,9312.089,40

Ayudante688,3871,7143,14803,2311.703,90

Fregador/a688,3871,7143,14803,2311.703,90

ANEXO I

Tablas salariales 2002 (pesetas)

CategoríasSalario

base

Plus cant.

trab. mes

Plus

transp. mes

Total mens.Total anual

Gerente138.82511.9317.178157.9342.311.683

Oficial admin.118.81311.9317.178137.9222.011.503

Encargado/a118.81311.9317.178137.9222.011.503

Cocinero/a118.81311.9317.178137.9222.011.503

Camarero/a118.81311.9317.178137.9222.011.503

CategoríasSalario

base

Plus cant.

trab. mes

Plus

transp. mes

Total mens.Total anual

Auxiliar caja118.81311.9317.178137.9222.011.503

Ayudante114.53711.9317.178133.6461.947.363

Fregador/a114.53711.9317.178133.6461.947.363