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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 61 Miercoles, 27 de marzo de 2002 Pág. 3.988

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 11 de marzo de 2002 por la que se clasifican puestos de trabajo reservados a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional de la Diputación Provincial de Pontevedra.

La Diputación Provincial de Pontevedra, en sesión ordinaria del Pleno celebrada el día 8 de marzo de 2002, adoptó el acuerdo relativo a la creación del puesto de colaboración de secretario asesor para el Centro Provincial de Asesoramiento a Municipios, reservado a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional, proponiendo su clasificación en clase segunda (2ª), subescala secretaría, categoría de entrada.

El artículo 2 g) del citado Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, establece que los puestos de colaboración pueden ser creados discrecionalmente por las corporaciones locales y serán clasificados a propuesta de aquellas administraciones por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.

Por todo ello, en aplicación de lo establecido en los artículos 2 g) y 9 del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, y en uso de la atribución del artículo 13.2º.17 de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, esta consellería

DISPONE:

El puesto de trabajo de secretario asesor para el Centro Provincial de Asesoramiento a Municipios de

la Diputación Provincial de Pontevedra, se clasifica en clase segunda (2ª), reservándose a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional de la subescala de secretaría, categoría de entrada.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o se podrá impugnar directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha, según la Ley 29/1988, de 13 de junio.

Santiago de Compostela, 11 de marzo de 2002.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública