Por medio de esta cédula y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, se notifica al interesado la resolución del expediente sancionador, VP-C 16/2001, por no destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente y arrendarla, causa prevista en los artículos 5.C y 6.F de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de infracciones en materia de vivienda.
A dichas infracciones se les impone una multa de 4.207,08 euros (700.000 ptas.), sin perjuicio de la obligación de destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su recepción.
Y para que conste y sirva de notificación al interesado de dirección desconocida, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en A Coruña a 21 de febrero de 2002.
Mª Teresa Morán Calero
Jefa del Área Provincial de A Coruña
ANEXO
VP-C 16/2001.
Alfredo Buján González.
C/ Anxeriz, 4, portal 2-1º A.
O Milladoiro-Ames.
Sanción de multa de: 4.207,08 euros (700.000 ptas).