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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 55 Lunes, 18 de marzo de 2002 Pág. 3.601

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2002, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza a la empresa Sogama, S.A. la instalación de una planta de generación de energía eléctrica a partir de biogás en el vertedero de RSU en el municipio de Cerceda (A Coruña), se aprueba su proyecto de ejecución y se incluye en el régimen especial de producción de energía eléctrica. (Expediente 016-1/1997).

Examinado el expediente instruido a instancias de la empresa Sociedade Galega de Medioambiente, S.A. (Sogama), con domicilio social a efectos de notificaciones en Morzos, 10 bajo, San Román As Encrobas, 15187 Cerceda (A Coruña), resultan los siguientes

Antecedentes de hecho.

Primero.-Con fecha de 30 de octubre de 1998, la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental dictó resolución por la que se formula la declaración de efectos ambientales del proyecto de ampliación del depósito temporal de RSU en el ayuntamiento de Cerceda (A Coruña), promovido por Sogama.

Segundo.-Con fecha de 4 de enero de 2002, la citada empresa solicitó la autorización administrativa, la aprobación del proyecto de ejecución y el reconocimiento de la condición de instalación acogida al régimen especial de producción de energía eléctrica regulado por el R.D. 2818/1998, de 23 de diciembre,

sobre producción de energía eléctrica por instalaciones abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables, residuos y cogeneración, de una planta de generación eléctrica a partir del biogás obtenido en el vertedero de Cerceda (A Coruña). Acompaña a dicha solicitud el preceptivo proyecto de las instalaciones y el resto de la documentación a que hace referencia el artículo 7 del citado R.D. 2818/1998.

Tercero.-Las características básicas de la planta de generación serán las siguientes:

-Tres motores de combustión interna de 756 kWe, a 1.500 r.p.m. funcionando con biogás.

-Tres alternadores síncronos de 1.010 kVA de potencia, 400 V de tensión de generación, y factor de potencia > 0,8.

-Centro de transformación de potencia de 3.750 kVA y r/t 0,400/15-20 kV.

-Instalaciones de protección, mando, señalización y medida.

Cuarto.-De conformidad con lo establecido en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña dictó Resolución de 16 de enero de 2002 por la que se sometió a información pública la autorización administrativa de la instalación de referencia, que se publicó en el BOP de A Coruña de 19 de enero de 2002 y en el Diario Oficial de Galicia del 23 de enero de 2002, sin que se presentase en el período legalmente establecido para ello alegación alguna.

Quinto.-El proyecto está informado favorablemente por la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña y cumple con las exigencias reglamentarias fijadas en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con las demás que le son de aplicación.

Fundamentos de derecho.

Primero.-La Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para resolver este expediente con fundamento en el Estatuto de autonomía de Galicia, el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre, y el Decreto 15/2002, de 24 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, en relación con el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y el Real decreto 2818/1998, de 23 de diciembre, ya citados.

Segundo.-El proyecto, visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Galicia, fue redactado conforme a lo exigido por los artículos 123 y 130 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica y con las demás disposiciones que le son de aplicación.

Tercero.-En el expediente instruido al efecto se cumplieron los trámites reglamentarios.

Esta dirección general, de acuerdo con todo lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas,

RESUELVE:

-Autorizar a la empresa Sociedade Galega de Medioambiente, S.A. la construcción de una planta de generación de energía eléctrica de 2.268 kW para a partir de biogás de vertedero en el término municipal de Cerceda en la provincia A Coruña.

-Aprobar el proyecto de ejecución de la citada planta de generación.

-Reconocer a la planta de generación autorizada la condición de instalación acogida al régimen especial del R.D. 2818/1998, e incluirla en el grupo b.7 del artículo 2 de dicho real decreto.

Cualquier modificación de las instalaciones autorizadas requerirá una nueva solicitud de autorización administrativa, de acuerdo con lo indicado en el artículo 17.4º del Real decreto 1775/1967, de 22 de julio, que fija el régimen de instalación, ampliación y traslado de las industrias en general.

Como requisito necesario para la aplicación a la citada instalación del régimen especial, el promotor deberá inscribir la misma en el Registro de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica en Régimen Especial de la Comunidad Autónoma de Galicia, creado por la orden de la Consellería de Industria y Comercio de 5 de junio de 1995 (Diario Oficial de Galicia del 14 de julio), en el plazo de dos años desde la publicación de la presente resolución, para lo que acreditará el cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 12 del R.D. 2818/1998, presentando la documentación que figure en las instrucciones que dicte esta dirección general en desarrollo de dicha orden.

Asimismo, la instalación se interconectará con el sistema centralizado que para el régimen especial establezca, si es el caso, la Dirección General de Industria, Energía y Minas.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación.

Santiago de Compostela, 7 de marzo de 2002.

Ramón Ordás Badía

Director general de Industria, Energía y Minas

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