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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 51 Martes, 12 de marzo de 2002 Pág. 3.327

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA Y ASUNTOS MARÍTIMOS

RESOLUCIÓN de 7 de febrero de 2002 por la que se declara extinguido el título habilitante para la explotación de un establecimiento auxiliar de cultivos marinos en Boiro (A Coruña).

Visto el expediente de caducidad iniciado a Boiromar, S.A. (CIF A15023609), en condición de titular de una estación depuradora, emplazada en Boiro (A Coruña).

a) Hechos.

Primero.-Con fecha de 22-7-1999 funcionarios de la consellería realizaron una inspección a los locales de la estación depuradora titularidad de Boiromar, S.A. En el acta de esa inspección se hace constar que el personal presente en esos locales comunicó que los bienes de la mencionada empresa, incluida esa estación depuradora, habían sido adquiridos por Innovaciones Sirova, S.L.

Segundo.-Con fecha de 26-7-1999 la Delegación Territorial de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura (en la actualidad Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos) en A Coruña remitió un oficio a Innovaciones Sirova, S.L. en el que le comunicaba los trámites necesarios en el caso de que quisieran continuar con la explotación de la estación depuradora o bien, en el caso contrario, que renunciara a la concesión.

Tercero.-Con fecha de 24-8-1999 José Ramón López Piñón, como administrador de Innovaciones Sirova, S.L., presenta un escrito en el que comunica que renuncia a la concesión administrativa para la explotación de la estación depuradora.

Cuarto.-Con fecha de 21-10-1999, la delegada territorial de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura (en la actualidad Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos) en A Coruña remite una propuesta en la que se detallan los hechos referidos y en la que propone que se declare la caducidad del establecimiento en cuestión.

b) Fundamentos jurídicos.

Primero.-Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia.

Segundo.-Ley 22/1988, de 29 de julio, de costas.

Tercero.-Real decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general para el desarrollo de la Ley de Costas.

Cuarto.-Decreto 193/1997, de 5 de junio, por el que se determinan las condiciones para el otorgamiento del permiso de actividad para los establecimientos de cultivos marinos y auxiliares emplazados en la zona terrestre.

Quinto.-Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Considerando que el expediente se tramitó de conformidad con la legislación vigente.

Considerando que con fecha de 30 de enero de 2002 el Servicio Técnico-Jurídico lo informó favorablemente.

Esta consellería, en el ejercicio de sus atribuciones y competencias,

RESUELVE:

Extinguir el título habilitante del establecimiento auxiliar de cultivos marinos que a continuación se relaciona:

-Tipo: estación depuradora.

-Nombre: Boiromar, S.A. (CIF A15023609)

-Especies: moluscos.

-Ubicación: Punta do Chazo-Abanqueiro (Boiro).

-Título habilitante: permiso de actividad y concesión.

-Fecha otorgamiento: Orden de 15-7-1970 (BOE del 28 de julio)

Vigencia: 28-7-1990.

La causa por la que se resuelve la extinción es la siguiente:

Renuncia expresa de los actuales propietarios del establecimiento (art. 72 b) de la Ley 6/1993, de pesca de Galicia).

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la jurisdicción contencioso-administrativa, ambos plazos se contarán desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas

y del procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 7 de febrero de 2002.

Enrique César López Veiga

Conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos