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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 50 Lunes, 11 de marzo de 2002 Pág. 3.241

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA AGROALIMENTARIA Y DESARROLLO RURAL

ORDEN de 22 de febrero de 2002 por la que se modifica la de 29 de octubre de 2001 por la que se aprueba el Reglamento de la indicación geográfica protegida Pataca de Galicia y de su consejo regulador.

Por la Orden de 19 de septiembre de 1996, la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes de la Xunta de Galicia reconoció la denominación específica Pataca de Galicia para las patatas de consumo producidas y envasadas en distintas comarcas de nuestra comunidad, en la forma y condiciones que determinase su reglamento particular. Este reglamento fue aprobado por la Orden de 24 de junio de 1998, de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria.

El Real decreto 1643/1999, de 22 de octubre, regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el Registro Comunitario de las Denominaciones de Origen Protegidas y de las Indicaciones Geográficas Protegidas. El artículo 5 de este real decreto prevé, en aplicación del artículo 5.5º del Reglamento (CEE) 2081/1992, la posibilidad de la concesión de una protección nacional transitoria a partir de la fecha de la transmisión de la solicitud de registro a la Comisión Europea, mediante la aprobación y publicación del Reglamento de la denominación, que deberá ser ratificado a este efecto por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

El reglamento de esta indicación geográfica protegida fue aprobado por la Orden de 29 de octubre de 2001, de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria (DOG nº 217, del 9 de noviembre de 2001). Como parte del necesario proceso de ratificación, tras el preceptivo informe de la Secretaría General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, se hace necesario efectuar algunas modificaciones en determinados artículos del anexo de la anteriormente citada orden.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta de Galicia y de su presidente, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre,

DISPONGO:

Artículo único.-Se modifican los artículos 6.4º, 11.3º y 17.4º del Reglamento de la indicación geográfica protegida Pataca de Galicia, aprobado por la Orden de 29 de octubre de 2001 publicada en el DOG del 9 de noviembre de 2001. Quedan redactados como se expresa a continuación:

Artículo 6º

4. El consejo regulador propondrá que se dicten normas concretas para cada campaña, elevándolas a la consellería competente en materia de política agroalimentaria, según lo establecido en el artículo 3.3 y fomentará la adopción de técnicas encaminadas a

mejorar la productividad y la calidad de las patatas amparadas, previa autorización de la consellería competente en materia de política agroalimentaria y sin contravenir la legislación vigente.

Artículo 11º

3. El consejo regulador propondrá que se dicten normas complementarias relacionadas con el almacenaje y encaminadas a favorecer la conservación de los tubérculos, elevándolas a la consellería competente en materia de política agroalimentaria, según lo establecido en el artículo 3.3º.

Artículo 17º

4. El consejo regulador propondrá que se dicten normas, que serán presentadas para su aprobación a la consellería competente en materia de política agroalimentaria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.3º, que le permitan tener un seguimiento y control de las patatas certificadas hasta su fase de comercialización.

Disposición final

La modificación de la Orden de 29 de octubre de 2001 aprobada por esta orden, entrara en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 22 de febrero de 2002.

Juan Miguel Diz Guedes

Conselleiro de Política Agroalimentaria

y Desarrollo Rural

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