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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 48 Jueves, 07 de marzo de 2002 Pág. 3.143

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

INSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO

CÉDULA de 5 de febrero de 2002, del Área Provincial de Pontevedra, por la que se notifica a Basilia Campos Souto la resolución acordada en el expediente de desahucio P-038/01, por impago de la renta mensual de la vivienda de promoción pública identificada como expediente PO-81/010, cuenta 143, devuelta por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, intentada la notificación personal en la última dirección conocida de la interesada (c/ Alemania, 47, C-4, bajo C, en Monte Porreiro, Pontevedra) se notifica a Basilia Campos Souto la resolución del contrato dictada por el delegado provincial de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, con fecha del 19 de diciembre de 2001, por impago de las rentas mensuales de la vivienda de promoción pública, identificada como expte. PO-81/010, cta. 143, que le había sido adjudicada.

En contra de la citada resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, en el plazo de un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de esta cédula, de acuerdo con lo que establecen los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 58.2º de la misma ley, se transcribe el texto íntegro de dicha resolución:

«Visto el expediente administrativo de resolución de contrato seguido contra Basilia Campos Souto, beneficiaria en régimen de compraventa de la vivienda objeto de la presente resolución, situada en la calle Alemania, nº 47, C-4, bajo C, en Monte Porreiro, Pontevedra.

Expediente: PO-81/010, cuenta: 143, por incumplimiento del contrato, en cuanto a la falta de pago de las cuotas, con infracción del régimen que regula las viviendas de protección oficial de promoción pública, teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Primero.-Que la entidad colaboradora en la gestión y recaudación de viviendas de la Xunta de Galicia, emite certificado en el que se comprueba la falta de pago de los recibos pendientes por un importe total que asciende a un millón seiscientas setenta y nueve mil trescientas ochenta y nueve pesetas (1.679.389 pesetas) con fecha de 18 de julio de 2001.

Segundo.-Que requerido por carta certificada con acuse de recibo que se encuentra incorporado al expediente, para que en el plazo de diez días efectuase el pago de las cantidades adeudadas, dicho requerimiento no fue atendido.

Tercero.-Con fecha del 30 de septiembre de 2001, la deuda pendiente asciende a 1.707.629 pesetas según consta en la relación certificada de la empresa recaudadora.

Fundamentos de derecho.

Primero.-Es competente para la resolución del presente expediente el delegado provincial de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 70/1997, de estructura orgánica de este organismo, modificado por Decreto 258/1999, del 17 de septiembre.

Segundo.-Los hechos denunciados constituyen causa legal suficiente de resolución de contrato, desahucio y lanzamiento de la vivienda.

Tercero.-En la tramitación del expediente se observaron las normas vigentes contenidas en los artículos 138 y 144 del Reglamento de VPO, Decreto 2114/1968 del 24 de julio, artículo 30 del texto refundido de VPO, Real decreto 2960/1976, de 12 de noviembre, artículos 58, 59 y 96.3º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, artículo 91.2º de la Ley orgánica del poder judicial, y artículo 8.5º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vistos los preceptos legales citados y demás normas de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.-Acordar la resolución de pleno derecho del contrato y el lanzamiento de la vivienda, que se llevará a cabo por la preceptiva autorización judicial para la entrada en el domciilio de particulares en la ejecución forzosa de actos de la administración, incorporada al expediente y con el auxilio de las Fuerzas de Seguridad del Estado, autonómicas o locales.

Se advierte al interesado de que, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de VPO, podrá evitar el lanzamiento, abonando el total de la deuda en el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente a aquel en el que tenga lugar la notificación o publicación, y aportando justificante de encontrarse al corriente con la comunidad de propietarios.

Segundo.-La resolución en firme del contrato llevará consigo la prohibición para contratar con la administración en los términos previstos en el Real decreto legislativo 2/2000, de 16 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas.

Notifíquese la presente resolución a los interesados, con mención expresa de los requisitos legales que procedan. Pontevedra, 19 de diciembre de 2001. José Manuel Iglesias Carrera. Delegado Provincial de Pontevedra».

Expido, firmo y sello esta cédula en Pontevedra a 5 de febrero de 2001.

Andrés Iglesias López

Jefe del Área Provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: PO-81/010 (expte. de desahucio P-038/01).

Cuenta: 143.

Nombre: Basilia Campos Souto.

Dirección: c/ Alemania, nº 47, C-4, bajo C, Monte Porreiro, Pontevedra.

Deuda: 1.707.629 pesetas.