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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 41 Martes, 26 de febrero de 2002 Pág. 2.727

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

RESOLUCIÓN de 30 de enero de 2002 sobre concesión del título-licencia de agencia de viajes del grupo minorista a Grupo de Viajes Jelbal, con casa central en la calle Pardiñeiros número 4, O Milladoiro, Ames, A Coruña.

Examinado el expediente instruido a instancia de Julio Morán Miguens, representante legal de Grupo de Viaxes Jelbal, S.L.L., titular de la agencia de viajes Grupo de Viaxes Jelbal en solicitud de concesión del oportuno título-licencia de agencia de viajes del grupo minorista.

Resultando que con la referida solicitud se aportó toda la documentación que se indica en el artículo 6 del Decreto 42/2001, de 1 de febrero, de refundición en materia de agencias de viajes, guías de turismo y turismo activo.

Considerando que en la empresa solicitante concurren todas las condiciones exigidas por el Decreto 42/2001, de 1 de febrero, para la obtención del título-licencia de agencias de viajes del grupo minorista.

Considerando que en la tramitación del expediente se observaron todos los requisitos y formalidades establecidos legal y reglamentariamente.

Vistos la Ley 9/1997, de 21 de agosto, de ordenación y promoción del turismo en Galicia y el Decreto 42/2001, de 1 de febrero, de refundición en materia de agencias de viajes, guías de turismo y turismo activo, la Dirección General de Turismo

RESUELVE:

Conceder título-licencia de agencia de viajes del grupo minorista con XG-203 a Grupo de Viaxes Jelbal, con casa central en Ames, de la que es titular Grupo de Viaxes Jelbal, S.L.L., que podrá ejercer su actividad mercantil a partir de la fecha de publicación de esta orden en el DOG, con sujeción a lo preceptuado en el Decreto 42/2001, de 1 de febrero, de refundición en materia de agencias de viajes, guías de turismo y turismo activo. Dicha agencia quedará inscrita en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Comunidad Autónoma Gallega.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de

Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Previamente, podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOG.

Todo ello sin prejuicio de la posibilidad de interponer recurso extraordinario de revisión en los supuestos y plazos previstos en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 30 de enero de 2002.

P.D. (Orden 12-1-1998)

María A. Antón Vilasánchez

Directora general de Turismo

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