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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 39 Viernes, 22 de febrero de 2002 Pág. 2.081

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CUATRO DE FERROL

EDICTO (9/2000).

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia nº 237.

En Ferrol a dieciocho de diciembre de dos mil uno.

Por Jesús Souto Herreros, magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cuatro de Ferrol y su partido, han sido vistos los presentes autos de juicio de menor cuantía nº 2/2000, seguidos a instancia de María Soledad Ríos Graña, en representación de su hija, menor de edad, Martina Cevaal Ríos, representada por la procuradora Sra. García García y con la dirección de la letrada Sra. Rico Infante, contra Johannes-Louweens Cevaal, en rebeldía, interviniendo asimismo el representante del Ministerio Fiscal.

Fallo que estimo íntegramente la demanda formulada por María Soledad Ríos Graña, en representación de su hija menor de edad Martina Cevaal Ríos, representada por la procuradora Sra. García García y con la dirección de la letrada Sra. Rico Infante, contra Johannes-Louweens Cevaal, en rebeldía, interviniendo asimismo el representante del Ministerio Fiscal, y en su virtud:

a) Declaro que Martina Cevaal Ríos no es hija del demandado Johannes-Louweens Cevaal, y

b) Condeno al demandado a que abone las costas causadas en este procedimiento, si las hubiere.

Una vez que sea firme la presente resolución, deberá comunicarse al Registro Civil de Ferrol, donde consta el nacimiento de Martina Cevaal Ríos (acaecido el 9-2-1996) e inscrito en el tomo no consta, página 315, de la sección 1ª, a los fines de rectificación de la filiación.

Así por esta sentencia, que no es firme y contra la que puede prepararse recurso de apelación en el plazo de cinco días ante este juzgado de primera instancia, de la que se llevará testimonio a las actuaciones originales, la pronuncio, mando y firmo.

Y, como consecuencia del ignorado paradero de Johannes-Louweens Cevaal, se extiende el presente edicto para que sirva de cédula de notificación.

Ferrol, veinticinco de enero de dos mil dos.

El secretario

Rubricado

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

E INSTRUCCIÓN NÚMERO DOS DE NOIA