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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 36 Martes, 19 de febrero de 2002 Pág. 1.954

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

EDICTO de 10 de enero de 2002, de la Delegación Provincial de Ourense, por el que se notifica la incoación del expediente sancionador OU-7/01-Animales, devuelto por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento común, se notifica a la persona que en el anexo se menciona la incoación del correspondiente

expediente sancionador por presunta infracción de la Ley 1/1993, de 13 de abril, de protección de animales domésticos y salvajes en cautividad, y Decreto 153/1998, de 2 de abril, por el que se aprueba el reglamento de la ley anterior, al no ser posible su notificación a través del servicio de correos.

Se nombra instructora del expediente a Miriam Areal López, funcionaria de esta delegación provincial, que podrá ser recusada conforme al régimen establecido en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.

A los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento común, el expedientado dispondrá de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para que pueda examinar el expediente en esta delegación provincial, sita en la calle del Paseo nº 18-5º piso, y presentar por escrito alegaciones, documentos, informaciones o propuesta de pruebas que considere convenientes en defensa de sus derechos.

De conformidad con el artículo 44.2º, de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se informa de que, en el caso de no resolver el presente expediente en el plazo de seis meses teniendo en cuenta las posibles interrupciones de su cómputo por causas imputables al interesado, se producirá su caducidad. La resolución que declare la caducidad ordenará el archivo de las actuaciones con los efectos previstos en el artículo 92 de esta ley.

De no efectuar alegación alguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, determinándose a estos efectos el importe de la sanción indicado en el anexo.

El expedientado tiene derecho a conocer en cualquier momento del procedimiento el estado de tramitación en que se encuentra el expediente y acceder a él y a obtener copias de los documentos o informaciones incluidas en él, previo pago de las tasas correspondientes, por lo que se pone de manifiesto el expediente durante el mismo plazo que se citó con anterioridad.

Para resolver el expediente es competente por razón de la cuantía de la multa el director general de Montes y MAN de esta consellería, de acuerdo con el artículo 24.2º b) de la Ley 1/1993, de 13 de abril, de protección de animales domésticos y salvajes en cautividad, y Decreto 153/1998, de 2 de abril.

El pago voluntario pondrá fin al expediente. El importe de la sanción que en cada caso corresponda se hará efectivo en la cuenta número 2091-0388-90-3110001181 de Caixa Galicia, empleando el impreso oficial que se facilitará en la Delegación Provincial de Ourense o en

cualquier unidad administrativa perteneciente a la Xunta de Galicia.

Ourense, 10 de enero de 2002.

Agustín Prado Verdeal

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Expediente

nº/año

Denunciado

DNI

Última dirección conocidaHecho denunciadoPrecepto infringido y sancionadorSanción pesetas

OU-7/01-AnimalesFernando Puga Rodríguez

DNI: 34989579

Avda. Portugal, nº 156-4º

dcha., Ourense

Abandono de un perro en el interior de un domicilio durante más de un mesArtículo 21.c) de la Ley 1/1993, de 13 de abril, de protección de animales domésticos y salvajes en cautividad, y Decreto 153/1998, de 2 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la ley anterior300,51 euros

(50.001 pesetas)