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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 34 Viernes, 15 de febrero de 2002 Pág. 1.876

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE A BAÑA

ANUNCIO de información pública.

Aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 24 de noviembre de 2001, el Plan General de Ordenación Urbana, redactado por Estudio Técnico Galego, S.A., se somete a información pública por plazo de un mes contado a partir de la última inserción de este anuncio en el BOP y en el DOG, durante el cual podrá ser examinado por cualquier persona física o jurídica en las oficinas de ayuntamiento, en horario de oficina, para formular las alegaciones y observaciones que se estimen pertinentes.

En las áreas que se determinan a continuación, queda suspendido el otorgamiento de la licencia, por el plazo máximo de un año, por cuanto las nuevas determinaciones del plan suponen modificación del régimen urbanístico vigente.

Estas áreas son:

-Suelo no urbanizable de protección agrícola, ganadería y forestal, de monte alto y de ríos y riachuelos.

-Las parcelas no clasificadas como núcleo rural en el planeamiento en tramitación de los suelos no urbanizables de tolerancia y de núcleo rural.

-En los suelos urbanos de Ordoeste, Barcala, O Seilán y Duomes.

-En los suelos urbanos de San Vicenzo se distinguen tres supuestos:

1. Zona residencial B (ZRB) en aquellas zonas del planeamiento en vigor, coincidentes con las clasificadas como vivienda unifamiliar aislada en el planeamiento en tramitación, para la concesión de licencias deberán cumplir los parámetros más restrictivos de cada una de las ordenanzas mencionadas. En aquellas zonas clasificadas de cualquier otra forma en el planeamiento de tramitación se suspenderán las licencias.

2. Zona residencial A (ZRA): en aquellas zonas del planeamiento en vigor, coincidentes con las clasificadas como vivienda unifamiliar aislada o adosada en el planeamiento en tramitación, se suspenderán las licencias de vivienda colectiva, debiendo adaptarse las viviendas unifamiliares a los parámetros más restrictivos de cada una de las ordenanzas, en tramitación y en vigor.

3. Zona de conservación (C): se suspenderán las licencias por cambio de régimen.

A Baña, 14 de diciembre de 2001

José Andrés García Cardeso

Alcalde