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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 34 Viernes, 15 de febrero de 2002 Pág. 1.861

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE OURENSE (SECCIÓN SEGUNDA)

CÉDULA de notificación de sentencia (142/2001).

Alfonso Travado y Lira, secretario de la Audiencia Provincial de Ourense, sección segunda, certifico que, ante esta sección segunda, se sigue el rollo de apelación nº 142/2001, en el que se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

(Apelación civil).

La Audiencia Provincial de Ourense, sección segunda, constituida por Abel Carvajales Santa-Eufemia, presidente, Mª Mercedes Pérez Martín-Esperanza y Fernando Alañón Olmedo, magistrados, ha pronunciado la siguiente sentencia:

En Ourense a dieciséis de octubre de dos mil uno.

Vistos, en grado de apelación, por esta sección segunda de la audiencia provincial, actuando como tribunal civil, los autos de juicio menor cuantía procedentes del Juzgado de Primera Instancia de A Pobra de Trives, seguidos con el nº 17/1997 y 72/1997, acumulados, rollo de apelación nº 142/2001, en los que aparece, como parte apelante, Enrique Pérez Fernández, representado por el procurador de los tribunales Jesús Marquina Fernández y asistido por el letrado Fernando Otero Marquina y, como apelado, Josefa Carballo Martínez, representada por el procurador de los tribunales Andrés Tabares Pérez-Piñeiro y asistido por el letrado José Manuel Orban Sousa, Cipriano Lamelas Carballo, José Manuel Lamelas Carballo, María Paz Lamelas Carballo y Perpetua Lamelas Carballo, Julio Lamelas Carballo, Josefa Lamelas Carballo, Esperanza Lamelas Carballo y Ermitas Lamelas Carballo, en situación procesal de rebeldía. Es magistrado-ponente Fernando Alañón Olmedo.

Fallo:

Se desestima el recurso de apelación interpuesto por el procurador de los tribunales Jesús Marquina Fernández, en nombre y representación de Enrique Pérez Fernández, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de A Pobra de Trives, en autos de juicio menor cuantía nº 17 y 72/1997, rollo de apelación nº 142/2001, de fecha 28 de junio de 1999, que se confirma, con imposición de costas a la parte apelante.

Al notificar esta resolución a las partes, háganse las indicaciones a que se refiere el artículo 248.4º de la LOPJ.

Así, por esta nuestra sentencia, de la que, en unión de los autos originales, se remitirá certificación, al juzgado de procedencia, para su ejecución y demás efectos, juzgando en segunda instancia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Abel Carvajales Santa-Eufemia. Mª Mercedes Pérez Martín-Esperanza. Fernando Alañón Olmedo. Rubricados.

Concuerda fielmente con el original al que me remito y para que así conste y sirva de notificación a Mª Paz Lamelas Carballo y a Perpetua Lamelas Carballo, expido y firmo la presente, que ha sido leída y pronunciada en audiencia pública el mismo día de su fecha, en Ourense, once de enero de dos mil dos.

El secretario

Rubricado

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