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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 33 Jueves, 14 de febrero de 2002 Pág. 1.789

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJO DE LA CULTURA GALLEGA

RESOLUCIÓN de 5 de febrero de 2002 por la que se aprueban las bases que regirán la convocatoria pública de ocho becas de colaboración en proyectos de investigación que se están desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega y se anuncia su convocatoria.

El artículo 6 de la Ley 8/1983, de 8 de julio, en su apartado b), establece que: compete al Consejo de la Cultura Gallega investigar y valorarlas necesidades culturales del pueblo gallego.

En el plan de actividades del Consejo de la Cultura Gallega para el año 2002 figura la convocatoria pública de becas de investigación para realizar proyectos sobre diversos aspectos de la cultura gallega.

Su concesión se enmarca dentro de las funciones atribuidas al Consejo de la Cultura Gallega en la Ley 8/1983, de 8 de julio, que desarrolla el artículo 32 del Estatuto de autonomía.

En virtud, se aprueban las siguientes bases:

Primera.-Objeto.

Se convocan ocho becas de colaboración en proyectos de investigación que se están desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega.

Como anexos a la presente resolución se incluyen los requisitos específicos que deben reunir los solicitantes de cada beca.

Segunda.-Cuantía de las becas y dotación presupuestaria.

El importe de las becas incluirá:

-Una asignación mensual de 540 euros con la retención fiscal que corresponda.

-Seguro de asistencia médica y seguro combinado de accidentes.

El pago de la beca se realizará mensualmente en la cuenta bancaria indicada por el interesado, después del certificado favorable del director de la investigación, siempre que los trabajos se desarrollen con normalidad y de acuerdo con las bases establecidas.

Para el gasto que se proyecta existe el crédito suficiente en la partida presupuestaria 03.01.111D.480.0, del presupuesto prorrogado de la Comunidad Autónoma de Galicia del año 2001 para el ano 2002, por una cuantía máxima total de veintisiete mil treiscentos sesenta euros (27.360 euros) impuestos incluidos, de los que veinticinco mil novecientos veinte euros (25.920 euros), corresponden al pago de las mensualidades y mil cuatrocientas cuarenta euros (1.440 euros), corresponden al seguro médico.

Tercera.-Duración.

Las tareas relativas a las becas comenzarán a partir de la fecha de incorporación de los becarios y tendrán una duración especificada en el anexo correspondiente

a cada beca, y en ningún caso superior al 31 de diciembre de 2002.

Estas becas podrán prorrogarse hasta un máximo de tres años, incluido el período inicial, a la vista del trabajo realizado por el becario, siempre que lo permitan las disponibilidades presupuestarias.

Cuarta.-Requisitos generales.

a) Ser español o pertenecer a un país miembro de la Unión Europea.

b) Poseer conocimientos de lengua gallega.

c) Ser licenciado o, en su caso, diplomado universitario.

d) No llevar más de cuatro años licenciado o, en su caso, diplomado. Sin embargo, pueden optar a las becas las personas que se encuentren en esta circunstancia, siempre que estén cursando estudios de tercer ciclo o ya los hayan cursado en el momento de presentarse a la convocatoria.

e) No haber disfrutado con anterioridad de una beca del Consejo de la Cultura Gallega durante un plazo interrumpido superior a los 3 años.

f) No haber sido separado del servicio de ninguna administración o institución como consecuencia de expediente disciplinario.

g) No desempeñar actividad profesional remunerada por cuenta propia o ajena, ni beneficiarse de becas o ayudas equiparables a las convocadas.

Quinta.-Solicitudes.

Las solicitudes, en el modelo que se adjunta como anexo (anexo VIII), irán dirigidas al presidente del Consejo de la Cultura Gallega y se entregarán en la sede del Consejo de la Cultura Gallega (Pazo de Raxoi, 2º piso, plaza del Obradoiro, 15705 Santiago de Compostela) o bien en cualquier centro previsto en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el DOG, acompañadas de la documentación siguiente:

-Certificación académica personal completa.

-Currículum vitae, acompañado de cuantos documentos puedan avalarlo.

-Fotocopia del DNI o pasaporte.

-Declaración jurada de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración ni institución pública como consecuencia de expediente disciplinario, así como de no desempeñar actividad profesional remunerada por cuenta propia o ajena ni beneficiarse de becas o ayudas equiparables a las convocadas.

Transcurrido el plazo de veinte días naturales de presentación de solicitudes, se hará pública una lista

de candidatos admitidos y excluidos, dándoseles a estos últimos un plazo de diez días naturales para presentar las alegaciones o la documentación relevante.

Sexta.-Comisión de valoración.

La comisión de valoración estará formada por dos miembros de la comisión ejecutiva y el coordinador de la sección, o director del archivo o proyecto que solicite la beca. Este último puede, por su parte, delegar en un miembro de la sección o comisión técnica correspondiente.

Séptima.-Baremo para la selección de los becarios.

-Titulación del solicitante y expediente académico: hasta un máximo de 4 puntos.

-Currículum vitae del solicitante, experiencia investigadora y colaboración en proyectos de investigación similares: hasta un máximo de 4 puntos.

Además del examen de la documentación presentada, la comisión podrá convocar a los solicitantes que obtuviesen una mayor puntuación en la fase anterior, a una entrevista personal, para valorar sus conocimientos y aptitudes, hasta un máximo de 2 puntos.

El presidente de la comisión propondrá al presidente del Consejo de la Cultura Gallega la relación de candidatos seleccionados para la adjudicación de la beca.

Finalmente, la comisión hará pública la relación de los candidatos seleccionados (titulares y suplentes) por orden de puntuación, y las becas se adjudicarán por resolución del presidente, que será debidamente notificada a los solicitantes. Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó o podrá ser impugnada directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

La comisión de evaluación podrá declarar desierta la convocatoria, si estima que ninguno de los candidatos resulta idóneo.

La resolución del presidente se adoptará en el plazo de tres meses, contados desde la fecha de publicación en el Diario Oficial de Galicia de la convocatoria de las becas, produciendo efectos desestimatorios la falta de resolución.

En el caso de que, adjudicadas las becas, surgieran renuncias se adjudicará automáticamente la ayuda al siguiente aspirante en puntuación, procediéndose del mismo modo en las renuncias consecutivas.

Octava.-Aceptación de las becas.

Una vez recibidas las notificaciones de concesión de las becas por los beneficiarios, éstos en el plazo de cuatro días naturales, comunicarán por escrito al presidente del Consejo de la Cultura Gallega la aceptación o renuncia a ellas. Si, transcurridos esos cuatro días, no se hiciese manifestación en ningún sentido,

se entenderá como renuncia a la beca declarándose finalizado el procedimiento.

Novena.-Obligaciones de los beneficiarios.

Para justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la beca y la aplicación de los fondos percibidos, los beneficiarios presentarán, durante el mes siguiente al finalizar la beca, un informe sobre el proyecto de investigación que están realizando.

En el caso de que los beneficiarios incumpliesen alguna de las condiciones establecidas para la concesión de la beca quedarán obligados al reintegro total o parcial del importe de la ayuda, que en cada caso fuese pertinente.

Los beneficiarios están obligados a facilitar la información que les sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas, en el ejercicio de las funciones de fiscalización y control de destino de las becas.

Décima.-Régimen de colaboración.

La condición de becario no dará lugar a una relación laboral ni administrativa con el Consejo de la Cultura Gallega.

Los aspirantes seleccionados se incorporarán en el plazo de tres días naturales, desde el final del plazo para comunicar su aceptación, y desarrollarán su labor en los lugares y horarios establecidos en los correspondientes anexos.

Undécima.-Extinción anticipada de la beca.

En el caso de incumplimiento de las tareas de colaboración, el presidente del Consejo de la Cultura Gallega, tras escuchar a la persona afectada, podrá anular la beca y concederla al aspirante que ocupe el primer lugar en orden de puntuación al término del proceso de selección, o al siguiente o siguientes cuando los llamados no pudiesen prestar su colaboración por cualquier motivo.

La solicitud de la beca implica el conocimiento y aceptación de las presentes bases.

Toda alteración de las condiciones observadas para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de la concesión.

Santiago de Compostela, 5 de febrero de 2002.

Carlos Casares Mouriño

Presidente del Consejo de la Cultura Gallega

ANEXO I

Una beca para colaborar en el programa Arquivo Sonoro de Galicia.

Esta beca tiene como finalidad colaborar en el programa Arquivo Sonoro de Galicia, que se está desarro

llando en el Consejo de la Cultura Gallega, para realizar distintos trabajos de catalogación de los fondos sonoros.

Beca:

Duración: 6 meses.

Requisitos específicos de los solicitantes:

Para solicitar las becas a que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado en humanidades o diplomado en documentación.

-Poseer conocimientos de biblioteconomía y documentación.

-Poseer conocimientos de informática.

Lugar y horario de colaboración: Consejo de la Cultura Gallega, en horario de mañana o tarde.

ANEXO II

Dos becas para colaborar en la Sección de Comunicación.

Estas becas tienen como finalidad colaborar en el proyecto de investigación Galicia, un século de comunicación, que se está desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega.

Beca 1:

Duración: 6 meses.

Requisitos específicos de los solicitantes:

Para solicitar la beca a la que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado en ciencias de la comunicación.

-Poseer conocimientos de análisis de contenido, catalogación y búsqueda documental.

-Poseer conocimientos contrastados de los siguientes programas informáticos: Access, Ms Word.

-Tener experiencia investigadora en puestos similares.

Lugar y horario de colaboración: Consejo de la Cultura Gallega, en horario de mañana o tarde.

Beca 2:

Duración: 6 meses.

Requisitos específicos de los solicitantes:

Para solicitar las becas a las que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado en ciencias de la comunicación o.

-Poseer conocimientos de análisis de contenido, catalogación y búsqueda documental.

-Poseer conocimientos contrastados de los siguientes programas informáticos: Access, Ms Word.

-Tener experiencia investigadora en puestos similares.

Lugar y horario de colaboración: Consejo de la Cultura Gallega, en horario de mañana o tarde.

ANEXO III

Una beca para colaborar en la Sección de Artes Plásticas.

Esta beca tiene como finalidad colaborar en los proyectos de investigación que se está desarrollando en la Sección de Artes Plásticas del Consejo de la Cultura Gallega.

Beca:

Duración: 6 meses.

Requisitos específicos de los solicitantes:

Para solicitar la beca a la que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado en historia del arte.

-Experiencia profesional en áreas vinculadas con historia del arte.

-Tener experiencia investigadora en historia del arte.

-Poseer conocimientos de informática a nivel de usuario.

Lugar y horario de colaboración: Consejo de la Cultura Gallega, en horario de mañana o tarde.

ANEXO IV

Una beca para colaborar en el programa Arquivo de Planificación e Normalización Lingüística.

Esta beca tiene como finalidad colaborar en el programa Arquivo de Planificación e Normalización Lingüística, que se está desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega.

Beca:

Duración: 6 meses.

Requisitos específicos de los solicitantes:

Para solicitar las becas a las que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado en filología gallega.

-Tener experiencia en servicios lingüísticos o de normalización lingüística, o en actividades de dina

mización lingüística y estudios o trabajos de sociolingüística gallega.

-Poseer conocimientos de informática.

Lugar y horario de colaboración: Consejo de la Cultura Gallega, en horario de mañana o tarde.

ANEXO V

Una beca para colaborar en la Sección de Lengua.

Esta beca tiene como finalidad colaborar en la Sección de Lengua, que se está desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega, para realizar distintos trabajos en el proyecto Investigación para a elaboración de corpus da lingua e a súa aprendizaxe.

Beca:

Duración: 6 meses.

Requisitos específicos de los solicitantes:

Para solicitar la beca a la que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado en filología gallega.

-Tener experiencia investigadora, especialmente en el campo de la sociolingüística gallega.

-Poseer conocimientos de informática.

Lugar y horario de colaboración: Consejo de la Cultura Gallega, en horario de mañana o tarde.

ANEXO VI

Dos becas para colaborar en el programa Arquivo da Emigración Galega.

Estas becas tienen como finalidad colaborar en el programa Arquivo da Emigración Galega, que se está desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega.

Beca:

Duración: 6 meses.

Requisitos específicos de los solicitantes:

Para solicitar las becas a las que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado en humanidades o ciencias sociales.

-Tener experiencia investigadora en estudios migratorios.

-Poseer conocimientos de informática, especialmente en la elaboración y tratamiento de bases de datos.

Lugar y horario de colaboración: Consejo de la Cultura Gallega, en horario de mañana o tarde.

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA,

RELACIONES INSTITUCIONALES

Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA