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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 31 Martes, 12 de febrero de 2002 Pág. 1.661

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE FAMILIA Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO, MUJER Y JUVENTUD

ORDEN de 31 de enero de 2002 por la que se establece la convocatoria pública para la participación en la programación de cursos de carácter presencial del Plan Autonómico de Formación de Formadores de Formación Profesional Ocupacional del año 2002.

El Plan Autonómico de Formación de Formadores consiste en un conjunto de acciones de formación dirigidas a los profesionales que participen como docentes en los planes de formación ocupacional de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud tendentes a capacitar para programar, impartir y evaluar cursos de formación ocupacional.

El Decreto 292/2000, de 21 de diciembre, sobre formadores de formación ocupacional, establece en su artículo 3 que la programación de las acciones a las que hace referencia el citado decreto será realizada por la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, con carácter anual y mediante convocatoria pública, con medios personales y materiales propios o ajenos contratados a estos efectos.

En el Plan Gallego de Formación Profesional para el período 2002-2006 se recogen como objetivos del plan de establecimiento de una estructura integrada de formación del profesorado los siguientes: la disposición de una estructura estable que garantice la formación y actualización continua y permanente del profesorado público de FP; la homogeneización y nivelación de la formación y actualización del profesorado de los diferentes subsistemas de FP, facilitando su disponibilidad y eventual adaptación docente a cualquiera de las modalidades de oferta, y, por último, la mejora del rendimiento de las estructuras de formación que requiere la formación y actualización tecnológica del profesorado de FP.

Una vez aprobada la programación de cursos de cada provincia, tanto los cursos de formación metodológica, de acuerdo con lo previsto en el certificado de profesionalidad de la ocupación formador ocupacional, regulado por el Real decreto 1646/1997, de 31 de octubre, como los cursos de carácter monográfico, se procede ahora a su publicación en el Diario Oficial de Galicia, en cumplimiento de aquel mandato reglamentario, y a la apertura de la convocatoria pública para la presentación de las solicitudes para participar en ellos.

Consecuentemente con todo lo anterior, consultados el Consejo Gallego de Formación Profesional y el Consejo Gallego de Relaciones Laborales, en ejercicio de las facultades que me confiere o artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente,

DISPONGO:

Artículo 1º.-Objeto y ámbito de aplicación.

1. El objeto de esta orden es la convocatoria y programación de los cursos, en la modalidad presencial,

de formación de formadores de formación ocupacional y el establecimiento de los requisitos, condiciones y criterios de selección de los alumnos, así como determinar cuales son los cursos ofertados y los lugares de impartición, que serán los recogidos en el anexo I.

2. Estas acciones formativas podrán ser cursos de formación metodológica, de acuerdo con lo previsto en el certificado de profesionalidad de la ocupación de formador ocupacional, y cursos de carácter monográfico, especialmente dirigidos a la especialización y actualización docente.

3. Los cursos de formación metodológica que se ofertan son los siguientes: planificación y diseño de programas de formación (DOFF17): 80 horas; dirección de procesos de aprendizaje (DOFF13): 180 horas; evaluación de la formación (DOFF14): 70 horas; procesos de mejora de la calidad de la formación (DOFF15): 50 horas.

4. Se impartirán, asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2º a) del Decreto 292/2000, de 21 de diciembre, sobre formadores de formación ocupacional, los siguientes cursos de carácter monográfico: entorno Windows (25 horas); Internet (40 horas); comunicación asertiva (25 horas); habilidades lingüísticas (40 horas); psicotécnica ocupacional (40 horas); introducción a la formación a distancia (40 horas); inteligencia emocional (20 horas); asertividad: cómo defenderse sin atacar (20 horas); Internet para la formación (20 horas); tratamiento de la imagen digital (20 horas); técnicas de comunicación oral (20 horas); Windows (20 horas); Power Point (30 horas); Word (40 horas); Internet (20 horas); Corel Draw (40 horas).

Las fechas y lugares de realización vienen recogidos en el anexo I.

Artículo 2º.-Convocatoria.

La convocatoria de los cursos de formación metodológica que se va a realizar en cada provincia deberá difundirse mediante anuncio en uno de los periódicos de mayor tirada de ella, a través de su exposición en los tablones de anuncios de las delegaciones provinciales de la consellería y de las oficinas de empleo. Los cursos monográficos deberán publicarse, además, en periódicos de difusión autonómica.

La programación recogida en el anexo I de esta orden podrá modificarse, a la vista de las solicitudes presentadas, por resolución de los respectivos/as delegados/as provinciales. Estas modificaciones, como mínimo, deberán ser expuestas en los tableros de anuncios de las delegaciones provinciales de esta consellería.

Artículo 3º.-Solicitudes.

1. Los interesados en participar en estas acciones formativas deberán presentar la solicitud en el modelo normalizado que se publica como anexo II a esta orden, en el registro de las delegaciones provinciales de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud correspondiente a la provincia de su resi

dencia o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

2. En el supuesto de querer participar en acciones formativas en diferentes provincias, deberán formalizar una solicitud independiente para cada una de ellas, teniendo en cuenta que podrá solicitar hasta un máximo de cuatro cursos en toda la Comunidad Autónoma.

3. Con la solicitud deberá entregarse la documentación acreditativa de los requisitos señalados en el artículo siguiente. No obstante, no estarán obligados a presentarla los solicitantes que ya lo hicieran en la anterior convocatoria; en este caso, deberán entregar exclusivamente la justificación de los méritos no acreditados anteriormente.

4. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia para los cursos programados en el primer semestre. En los cursos programados en el segundo semestre (de julio a diciembre) el plazo será de un mes a partir del 15 de mayo.

Artículo 4º.-Requisitos y criterios de selección de alumnos.

Requisitos de titulación.

Los aspirantes deberán poseer la titulación académica y/o la capacitación profesional exigida en los certificados de profesionalidad. En el caso de no existir programas se seguirán los criterios que establezcan los servicios competentes.

2. Los criterios para el acceso a los cursos que se convocan en esta orden serán los siguientes, por orden de prelación y con carácter excluyente:

Cursos: DOFF17 y DOFF13.

a) Docentes que estén impartiendo o impartiesen cursos del Plan FIP en el año 2002 y que no tengan hecho ni convalidado el curso de metodología didáctica de 150 horas ofertado por la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud en años anteriores.

b) Docentes de escuelas taller, casas de oficios y talleres de empleo participantes en proyectos que se desarrollen o finalicen en el año 2002 y que no tengan hecho ni convalidado el curso de metodología didáctica de 150 horas ofertado por la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud en años anteriores.

c) Docentes que impartiesen cursos del Plan FIP otros años que no tengan hecho ni convalidado el curso de metodología didáctica de 150 horas ofertado por la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud en años anteriores.

d) Docentes de escuelas taller, casas de oficios y talleres de empleo que impartiesen docencia otros años y que no tengan hecho ni convalidado el curso de metodología didáctica de 150 horas ofertado por la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud en años anteriores.

e) Docentes del Plan FIP o de escuelas taller, casas de oficios o talleres de empleo que no estén en ninguno de los casos anteriores.

f) Otros docentes de los subsistemas de formación profesional.

Cursos: DOFF14 y DOFF15.

a) Docentes que estén impartiendo o impartiesen cursos del Plan FIP en el año 2002 y que tengan hecho o convalidado el curso de metodología didáctica de 150 horas ofertado por la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud en años anteriores.

b) Docentes de escuelas taller, casas de oficios y talleres de empleo participantes en proyectos que se desarrollen o finalicen en el año 2002 que tengan hecho o convalidado el curso de metodología didáctica de 150 horas ofertado por la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud en años anteriores.

c) Docentes que impartiesen cursos del Plan FIP otros años que tengan hecho o convalidado el curso de metodología didáctica de 150 horas ofertado por la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud en años anteriores.

d) Docentes de escuelas taller, casas de oficios y talleres de empleo que impartiesen docencia otros años y que tengan hecho o convalidado el curso de metodología didáctica de 150 horas ofertado por la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud en años anteriores.

e) Docentes del Plan FIP o de escuelas taller, casas de oficios o talleres de empleo que no estén en ninguno de los casos anteriores.

f) Otros docentes de los subsistemas de formación profesional.

3. Para establecer el orden de prelación de los candidatos para cada uno de los colectivos especificados en el punto anterior, en el caso de que el número de aspirantes sea superior al de plazas ofertadas, se valorarán los siguientes aspectos:

a) Pertenencia al catálogo de expertos de la Xunta de Galicia: 15 puntos.

b) La experiencia profesional durante los últimos diez años en la especialidad o especialidades en las que el aspirante imparte o pretenda impartir cursos, valorándose con tres puntos cada año acreditado.

c) La impartición de cursos de formación ocupacional, valorándose por cada cincuenta horas impartidas un punto, siempre que el curso sea del Plan FIP o de los impartidos en escuelas taller, casas de oficios y talleres de empleo, acreditada a través de certificación del responsable de las entidades impartidoras en la que se haga constar la denominación de los cursos, fechas de impartición, número de horas impartidas y programación a la que corresponde.

d) La impartición de cursos de formación continua, valorándose por cada cincuenta horas impartidas un punto, siempre que el curso fuese realizado al amparo de los Acuerdos Nacionales de Formación Continua, acreditada a través de certificación del responsable de la entidad impartidora, en la que se haga constar la denominación de la acción formativa, fechas de impartición, número de horas impartidas, número de plan y año de convocatoria.

e) En caso de empate con la puntuación obtenida en los apartados b), c) y d) tendrán preferencia los aspirantes que pertenezcan al Catálogo de Expertos de la Xunta de Galicia.

4. Para la asistencia a los cursos monográficos será requisito imprescindible tener experiencia docente en la impartición de cursos incluidos en los planes de formación ocupacional de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud. En la selección de los asistentes se tendrá en cuenta la experiencia profesional, de acuerdo con los criterios señalados en los apartados b), c) y d) del punto anterior.

En caso de que queden plazas vacantes, una vez aplicados los criterios recogidos en este artículo, podrán acceder a la impartición de cursos monográficos docentes de cualquiera de los otros dos subsistemas de formación profesional.

Artículo 5º.-Resolución.

La selección definitiva de los alumnos asistentes a los cursos se realizará por resolución del respectivo/a delegado/a provincial de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud en el plazo de tres meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden, notificándoseles personalmente a los interesados. Transcurrido el citado plazo sin que recaiga resolución expresa, esta se entenderá desestimatoria.

Contra las resoluciones de los delegados provinciales se podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación.

Artículo 6º.-Diplomas.

Para tener derecho a diploma acreditativo de tener realizado cualquiera de los cursos que se regulan en esta convocatoria será preciso asistir, como mínimo, al 90% de sus horas lectivas.

Disposiciones finales

Primera.-Se Autoriza al director xeral de Formación e Colocación para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones e instrucciones necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente disposición.

Segunda.-Esta disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 31 de enero de 2002.

Manuela López Besteiro

Conselleira de Familia y Promoción del Empleo,

Mujer y Juventud

ANEXO I

Programación Formación de Formadores 2002

Clave

del curso

DenominaciónMes aproximado

de inicio y horario (1)

Lugar de

impartición

C-1DOFF14-Evaluación de la formaciónMayo/tardeA Coruña

C-2DOFF17-Planificación y diseño de programas de formaciónJunio/tardeA Coruña

C-3DOFF17-Planificación y diseño de programas de formaciónOctubre/tardeA Coruña

C-4DOFF15-Procesos de mejora de la calidad de la formaciónNoviembre/mañanaA Coruña

C-5DOFF17-Planificación y diseño de programas de formaciónNoviembre/tardeA Coruña

C-6DOFF15-Procesos de mejora de la calidad de la formaciónDiciembre/mañanaA Coruña

C-7DOFF14-Evaluación de la formaciónDiciembre/tardeA Coruña

C-8DOFF17-Planificación y diseño de programas de formaciónMayo/tardeFerrol

C-9DOFF14-Evaluación de la formaciónMayo/tardeSantiago de Compostela

C-10DOFF17-Planificación y diseño de programas de formaciónJunio/tardeSantiago de Compostela

C-11DOFF14-Evaluación de la formaciónOctubre/tardeSantiago de Compostela

C-12DOFF15-Procesos de mejora de la calidad de la formaciónOctubre/mañanaSantiago de Compostela

LU-1DOFF17-Planificación y diseño de programas de formaciónMarzo/mañanaLugo

LU-2DOFF15-Procesos de mejora de la calidad de la formaciónAbril/mañanaLugo

LU-3DOFF14-Evaluación de la formaciónMayo/mañanaLugo

LU-4DOFF14-Evaluación de la formaciónSeptiembre/mañanaLugo

LU-5DOFF15-Procesos de mejora de la calidad de la formaciónOctubre/mañanaLugo

OU-1DOFF13-Dirección de procesos de aprendizajeAbril/mañanaOurense

OU-2DOFF13-Dirección de procesos de aprendizajeSeptiembre/tardeOurense

OU-3DOFF17-Planificación y diseño de programas de formaciónJulio/tardeOurense

OU-4DOFF17-Planificación y diseño de programas de formaciónDiciembre/mañanaOurense

OU-5DOFF14-Evaluación de la formaciónAbril/tardeOurense

OU-6DOFF14-Evaluación de la formaciónJulio/mañanaOurense

Clave

del curso

DenominaciónMes aproximado

de inicio y horario (1)

Lugar de

impartición

OU-7DOFF14-Evaluación de la formaciónOctubre/mañanaOurense

OU-8DOFF15-Procesos de mejora de la calidad de la formaciónMayo/tardeOurense

OU-9DOFF15-Procesos de mejora de la calidad de la formaciónSeptiembre/mañanaOurense

OU-10DOFF15-Procesos de mejora de la calidad de la formaciónDiciembre/tardeOurense

PO-1DOFF13-Dirección procesos de aprendizajeAbril/tardeVigo

PO-2DOFF13-Dirección procesos de aprendizajeAbril/mañananaVigo

PO-3DOFF15-Procesos de mejora de la calidad de la formaciónMayo/tardePontevedra

PO-4DOFF15-Procesos de mejora de la calidad de la formaciónMayo/tardeLalín

PO-5DOFF14-Evaluación de la formaciónJunio/tardePontevedra

PO-6DOFF14-Evaluación de la formaciónJunio/tardeLalín

PO-7DOFF14-Evaluación de la formaciónNoviembre/tardeVigo

PO-8DOFF15-Procesos de mejora de la calidad de la formaciónNoviembre/mañanaVigo

PO-9DOFF14-Evaluación de la formaciónSeptiembre/mañanaVigo

PO-10DOFF17-Planificación y diseño de programas de formaciónSeptiembre/tardeVigo

PO-11DOFF17-Planificación y diseño de programas de formaciónOctubre/mañanaVigo

PO-12DOFF15-Procesos de mejora de la calidad de la formaciónNoviembre/tardeVigo

Cursos monográficos

Clave

del curso

DenominaciónMes aproximado

de inicio y horario (1)

Lugar de

impartición

C-M-1Entorno WindowsMarzo/tardeA Coruña

C-M-2InternetMarzo/tardeA Coruña

C-M-3Entorno WindowsAbril/tardeA Coruña

C-M-4InternetAbril/tardeA Coruña

C-M-5Comunicación asertiva: el arte de defenderse sin atacarMayo/mañanaA Coruña

C-M-6Comunicación asertiva: el arte de defenderse sin atacarOctubre/mañanaA Coruña

C-M-7Habilidades lingüísticasJunio/mañanaSantiago de Compostela

C-M-8Psicotécnica ocupacionalJulio/mañanaSantiago de Compostela

C-M-9Introducción a la formación a distancia Noviembre/mañanaSantiago de Compostela

C-M-10Inteligencia emocionalDiciembre/mañanaSantiago de Compostela

LU-M-1Asertividad. Cómo defenderse sin atacarJunio/mañanaLugo

LU-M-2Internet para la formaciónJunio/tardeLugo

LU-M-3Tratamiento de la imagen digitalJunio/tardeLugo

LU-M-4Técnicas de comunicación oralNoviembre/tardeLugo

PO-M-1WindowsJunio/mañanaVigo

PO-M-2Power PointAbril/mañanaVigo

PO-M-3WordAbril/tardeVigo

PO-M-4InternetAbril/tardeVigo

PO-M-5WindowsSeptiembre/tardeVigo

PO-M-6WordOctubre/tardeVigo

PO-M-7InternetNoviembre/tardeVigo

PO-M-8Corel DrawDiciembre/mañanaVigo

PO-M-9Power PointSeptiembre/tardeVigo

(1) Tanto los meses de inicio como el horario de los cursos podrán variar en función de la planificación de las acciones formativas.

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN

Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA