Finalizado el plazo fijado en la resolución de la Dirección General de la Función Pública por la que se hacen públicas las listas provisionales para la cobertura con carácter temporal de puestos de trabajo regulados en el artículo 12 c) 89/1997, de 10 de abril, modificado por el Decreto 70/2000, de 31 de marzo, correspondiente a la categoría 2 (titulado/a superior/a médico/a y otros/as) del grupo I, la categoría 2 (ATS y otros/as) del grupo II, y las categorías 3 (controlador/a pecuario/a), 4 (gobernante/a y otros/as), 68 (pastor/a oficial y otro/s) del grupo III (lista B), y vistas por la Comisión Permanente de Selección de Personal Laboral las alegaciones formuladas por los interesados, esta dirección general
RESUELVE:
Primero.-Hacer público el anexo a esta resolución con la relación de aspirantes que fueron excluidos en los listados provisionales de la categoría 2 (titulado/a superior/a médico/a y otros/as) del grupo I, de la categoría 2 (ATS y otros/as) del grupo II, y de la categoría 3 (controlador/a pecuario/a), 4 (gobernante/a y otros/as), 68 (pastor/a oficial y otros/as) del grupo III (lista B), que subsanaron la causa de exclusión en tiempo y forma, o no figuran en las listas provisionales.
Segundo.-Los solicitantes relacionados estarán obligados, en el plazo de 5 días hábiles (artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre), contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia, a remitir a la Dirección General de la Función Pública el justificante del abono de las tasas correspondientes.
Grupo I: 46,61 A.
Grupo II: 40,75 A.
Grupo III: 34,92 A.
Los que así no lo hiciesen en el plazo indicado serán excluidos automáticamente de las listas.
Asimismo, gozarán de exención de esta tasa las personas con discapacidad igual o superior al 33%, con justificación documental.
Los interesados dispondrán de un plazo de cinco días hábiles (artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre), contados a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el DOG, para la subsanación de errores que pudiesen existir en la
puntuación relacionada en el anexo o formular las alegaciones que consideren oportunas, que deberán dirigir a la Comisión Permanente de Selección de Personal Laboral (Dirección General de la Función Pública).
Santiago de Compostela, 24 de enero de 2002.
Joaquín López-Rúa Soler
Director general de la Función Pública