De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica al denunciado, cuyos datos personales y última dirección conocida se señalan a continuación, la iniciación del correspondiente expediente sancionador por infracciones a la Ley 4/1997, de 25 de junio, de caza de Galicia (DOG del 11 de julio).
Se nombra instructora del procedimiento a Paloma Quiroga López y secretaria a Marta Joaquín Tersado, funcionarias de la Xunta de Galicia. La resolución será acordada por el director general de Montes y Medio Ambiente Natural de la Consellería de Medio Ambiente (Decreto 482/1997, de 30 de diciembre; DOG del 8-1-1998, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente).
El denunciado dispondrá de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, para que pueda examinar el expediente en esta delegación provincial, sita en Ronda de la Muralla, nº 70-2º bajo, y presentar el descargo y documentos que considere convenientes en su defensa. Así como para la recusación de las personas designadas como instructora y secretaria en cualquier momento de la tramitación del procedimiento.
El pago voluntario pondrá fin al expediente. Para efectuarlo deberá emplear los impresos normalizados que le serán facilitados en esta delegación provincial.
Lugo, 20 de noviembre de 2001.
Luis González Vázquez
Delegado provincial de Lugo
ANEXO
Expediente: C-65/2001.
Denunciado: José Manuel Díaz Martínez.
DNI: 33322463-V.
Domicilio: Angelo Colloa, nº 30-6º F. Lugo.
Hechos imputados: no llevar consigo durante el ejercicio de la caza la documentación preceptiva (seguro obligatorio del cazador en vigor), aun siendo titular de ella. Hechos constatados el día 4-11-2001, a las 12.30 horas en la zona de Adai. Adai. O Corgo. Lugo.
Precepto infringido: 57.4º de la Ley 4/1997, de caza de Galicia.
Calificación de la infracción: leve.
Sanción: 10.000 pesetas (60,10 euros).