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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 20 Lunes, 28 de enero de 2002 Pág. 1.039

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2001 sobre revocación del título-licencia de agencia de viajes a Talismán Viajes, S.A., con el código identificativo XG-97 del grupo mayorista y casa central en la calle San Pedro de Mezonzo, 43-1º D de Santiago de Compostela.

Visto el expediente de revocación del título-licencia a la agencia de viajes Talismán Viajes, S.A., sita en la calle San Pedro de Mezonzo, 43-1º D, de Santiago de Compostela, de la que es titular Talismán Viajes, S.A.

Resultando que la Inspección de Turismo adscrita a esta dirección general constató su inactividad a lo largo de más de un año.

Resultando que con fecha 5 de marzo de 2001 la compañía aseguradora M.N.A. Grupo Catalana de Occidente procedió a comunicar a este organismo su voluntad de cancelar la garantía que tiene depositada en este organismo.

Resultando que en base a lo establecido en el artículo 25.3º y 65.3º de la Ley 9/1997, de 21 de agosto, de ordenación y promoción del turismo en Galicia, y, del artículo 13 del Decreto 42/2001, de 1 de febrero, de refundición en materia de agencias de viajes, guías de turismo y turismo activo, se le notificó a la citada agencia, mediante oficio de 24 de octubre de 2001, que la inactividad sin causa justificada, así como la no reposición de la garantía en la cuantía y plazo previsto en el artículo 16 del referido decreto son causa de revocación del título-licencia, concediéndosele un plazo de 15 días para efectuar las alegaciones que considere pertinentes.

Resultando que en ese plazo el interesado no efectuó alegaciones.

Considerando que según establecen los referidos artículos 25.3º y 65.3º de la Ley 9/1997, de 21 de agosto y el artículo 13 del mencionado Decreto 42/2001, de 1 de febrero, constituyen causa de revocación del título-licencia de las agencias de viajes no mantener la actividad de la agencia sin causa justificada, así como la no reposición de la garantía en la cuantía y plazo establecido.

Vistos la Ley 9/1997, de 21 de agosto, de ordenación y promoción del turismo en Galicia, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el Decreto 42/2001, de 1 de febrero, de refundición en materia de agencias de viajes, guías de turismo y turismo activo, esta consellería

RESUELVE:

Revocar el título-licencia a la agencia de viajes Talismán Viajes, S.A., del grupo mayorista, con el código identificativo XG-97 y casa central en la calle

San Pedro de Mezonzo 43-1º D, de Santiago de Compostela.

Contra esta resolución, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 17 de diciembre de 2001.

P.D. (Orden 12-1-1998)

María A. Antón Vilasánchez

Directora general de Turismo