Visto el escrito presentado el 17 de octubre de 2001, con registro de entrada número 3032, y suscrito por Manuel Vázquez Varela y Fernando Corbacho García, ambos de Lugo, con DNI 33669991-S y 33740432-F, respectivamente, en representación de Complejo Moas, S.L., domiciliada en Lugo, avenida de Ramón Ferreiro, 19, 2º, y con CIF B-27156504, en el que exponen que el Pleno del Ayuntamiento de Barreiros, en sesión celebrada el 25 de mayo de 2001 aprobó definitivamente el Plan parcial promovido por la referida entidad referido a terrenos de su propiedad sitos en Lóngara, San Pedro de Benquerencia, y que, en su apartado 8.2.1 preveía que el sistema de actuación por el que se desarrollará dicho instrumento será el de compensación; a ttal efecto, han de procedido a redactar el correspondiente proyecto de compensación para la ejecución y equidistribución de los terrenos incluidos en el ámbito del Plan parcial referido, que acompañan solicitando se proceda a su aprobación definitiva al amparo
de lo establecido en el artículo 133.8º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia.
Visto que en el expediente constan los correspondientes informes técnico y jurídico, ambos en sentido favorable.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículo 133 y siguientes de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia, y artículos 157 y siguientes del Real decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de gestión urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre régimen del suelo y ordenación urbana.
Teniendo en cuenta las atribuciones que me otorga el artículo 21.1º, letra j), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local,
RESUELVO:
Primero.-Aprobar definitivamente el proyecto de compensación presentado por Complejo Moas, S.L., sin introducir modificación alguna en aquel; aceptando la transmisión correspondiente de todos los terrenos de cesión obligatoria, en pleno dominio y libre de cargas que, por ministerio de la ley, tiene lugar con la aprobación definitiva del proyecto de compensación, incorporando al patrimonio municipal del suelo, para afectarlo a los usos previstos en el planeamiento y normativa de aplicación, los terrenos que, por ser decesión obligatoria y gratuita, quedan cedidos de derecho al ayuntamiento conforme a lo dispuesto en el artículo 179 del Reglamento de gestión urbanística.
Segundo.-Requerir a la entidad promovente, Complejo Moas, S.L., para que, por su cuenta, proceda a la formalización del proyecto de compensación aprobado, mediante la elevación del mismo a escritura pública, instando la realización de la inscripción correspondiente en el Registro de la Propiedad competente.
Tercero.-Publicar en el BOP y en el Diario Oficial de Galicia el presente acuerdo de aprobación definitiva y notificar a los interesados el contenido íntegro del mismo.
Cuarto.-Significar que, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución. No obstante, con carácter previo y potestativo, podrá interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, a contar igualmente desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, en cuyo caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Barreiros, 27 de noviembre de 2001.
El alcalde
Rubricado