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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 16 Martes, 22 de enero de 2002 Pág. 864

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA Y ASUNTOS MARÍTIMOS

ORDEN de 17 de diciembre de 2001 por la que se autoriza la transmisión inter vivos de la concesión de la batea G.L. II.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de la batea G.L. II, y de la concesión administrativa que la ampara, resulta:

A) Antecendentes de hecho.

Primero.-Mediante escrito de fecha 8 de marzo de 2001, José González Filgueira y María Santamaría Vázquez solicitó autorización para la transmisión de concesión de la batea G.L. II.

Segundo.-Los informes del Servicio de Protección de Recursos sobre las características de la batea y del Servicio Técnico Jurídico sobre la tramitación del expediente, son favorables.

B) Fundamentos jurídicos.

Primero.-Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia, y con la Orden de 14 de junio de 1999, de delegación de competencias en los delegados territoriales de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura.

Segundo.-El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por lo que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999, por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, a propuesta de resolución elaborada por el Servicio de Recursos Marinos, el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería

RESUELVE:

Autorizar la transmisión inter vivos, a favor de José González Filgueira (DNI: 32539273-T) y María Santamaría Vázquez (DNI: 33113578-H), 3/4 partes proindivisas y José Manuel González Santamaría (DNI: 52455137-A), 1/4 parte proindivisa restante de la con

cesión administrativa de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: G.L. II.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 78.

Polígono: C.

Distrito: A Pobra do Caramiñal (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante:

Orden de otorgamiento: 29-2-1964 (BOE/DOG nº 77, del 30 de marzo).

Remate de la vigencia: 30-3-2004.

Actuales titulares:

José González Filgueira (DNI: 32539273-T) y María Santamaría Vázquez (DNI: 33113578-H).

Nuevos titulares:

José González Filgueira (DNI: 32539273-T) y María Santamaría Vázquez (DNI: 33113578-H), 3/4 partes proindivisas y José Manuel González Santamaría (DNI: 52455137-A), 1/4 parte proindivisa restante.

Bajo las siguientes condiciones:

Primera.-Los actuales titulares deberán presentar en el plazo máximo de un mes, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia cotejada de la siguiente documentación:

a) Documento notarial de la transmisión o donación.

b) Solicitud o carta de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales o documento de sucesiones.

Segundo.-Transcurrido el plazo indicado en condición primera sin tener aportado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la consellería.

Tercera.-Los nuevos titulares de la concesión quedan subrogados en los derechos y obligaciones de los anteriores, desde el momento de formalización de compra-venta en escritura pública.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que se interpondrá en el plazo de dos meses contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 17 de diciembre de 2001.

P.D. (Orden 14-6-1999, DOG nº 120, del 24 de junio)

María José Cancelo Baquero

Delegada territorial de A Coruña