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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 16 Martes, 22 de enero de 2002 Pág. 863

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE SANIDAD

CÉDULA de 17 de diciembre de 2001, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se comunica la resolución del expediente sancionador S-12/2001 incoado a José Luis Sánchez Sánchez.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, por la presente cédula se notifica a José Luis Sánchez Sánchez la resolución del delegado provincial de Sanidad y Servicios Sociales de Lugo, de 23 de octubre de 2001, después de haberse intentado la notificación de la misma por dos veces en el último domicilio conocido sin resultado positivo.

El correspondiente expediente figura a disposición del interesado para conocimiento íntegro y constancia del mencionado acto en las dependencias de la Delegación Provincial de Sanidad y Servicios Sociales de Lugo, con dirección en el edificio administrativo de la Xunta de Galicia en Lugo, Ronda de la Muralla nº 70, bajo 2º.

La sanción impuesta, el plazo de ingreso y el procedimiento de pago figuran en el anexo.

ANEXO

Expediente: S-12/2001.

1. Denunciado: José Luis Sánchez Sánchez. DNI: 33203254.

2. Último domicilio conocido: calle Carlos Maside nº 6, 1º D, 15704 Santiago de Compostela, A Coruña.

3. Hechos imputados: como consecuencia de la labor inspectora y de control de las condiciones sanitarias del transporte terrestre de alimentos y productos alimentarios a temperatura regulada que tienen atribuida los funcionarios del Servicio Provincial de Transportes de Lugo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, se procedió a la inspección del vehículo conducido por José Luis Sánchez Sánchez, levantando el boletín de denuncia nº 27/011046/2 de fecha de 17 de ducuenbre de 2001, en el que se constataron las siguientes irregularidades:

-Circular transportando 8 canales de ternera gallega fresca y 22 palets de corteza de cerdo congelada, alojadas en el interior del vehículo sin ningún medio

de separación para diferentes temperaturas de transporte, figurando en el termógrafo del equipo de frío una temperatura de -10º C.

Resultado de las citadas inspecciones, la Delegación Provincial de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales en Lugo incoó expediente administrativo sancionador nº S-12/2001 mediante resolución de fecha 1 de febrero de 2001, por infracciones de las normas sanitarias y de higiene aplicables al transporte terrestre de alimentos y productos alimentarios a temperatura regulada.

4. Preceptos infringidos: artículo 35 a) 3º de la Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad; artículo 2.1º 1 del Real decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria; artículo 1.1º d) del Decreto 157/1985, de 11 de julio, de la Xunta de Galicia, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia sanitaria; artículos 7.1º, 8.2º y 10.1º del Real decreto 2483/1986, de 14 de noviembre, por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria sobre condiciones generales de transporte terrestre de alimentos y productos alimentarios a temperatura regulada; punto 69 del capítulo XV del anexo I del Real decreto 147/1993, de 29 de enero, por el que se establecen las condiciones sanitarias de producción y comercialización de carnes frescas.

5. Calificación de la infracción: de acuerdo con el artículo 35 a) 3º de la Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad, debe calificarse como leve.

6. Sanción impuesta: veinticinco mil pesetas (25.000 pesetas).

7. Plazo de ingreso: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Real decreto 1684/1990, Reglamento general de recaudación, de 20 de diciembre, dicho plazo es el siguiente:

Las sanciones notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, se deberán pagar desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente, o el inmediato día hábil posterior.

Las sanciones notificadas entre los días 16 e último de cada mes, se deberán pagar desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente, o el inmediato día hábil posterior.

Si, no obstante, dejase transcurrir los plazos indicados, le será exigido el ingreso por vía ejecutiva.

8. Procedimiento de pago: de acuerdo con la Orden de 22 de mayo de 1987 de la Consellería de Economía y Hacienda, el pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la Xunta de Galica, cuenta restringida de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, recaudación de multas y sanciones, con número de cuenta 01825947110010140179 de la sucursal del BBV, Banco Bilbao Vizcaya, con dirección en Santiago de Compostela.

9. Recurso procedente: en cumplimiento de los artículos 114 a 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públi

cas y del procedimiento administrativo común, el interesado dispone del plazo de un mes, desde la publicación de esta resolución, para interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales, edificio administrativo San Caetano, en Santiago de Compostela.

Lugo, 17 de diciembre de 2001.

Luis Abades Álvarez

Delegado provincial de Lugo

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