Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 15 Lunes, 21 de enero de 2002 Pág. 806

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 12 de noviembre de 2001, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se notifica la resolución del expediente P-129/2001, incoado por infracción de la Ley de pesca fluvial y devuelto por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que en el anexo se menciona, la resolución de dicho expediente, por infracción a la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial.

Contra dicha resolución y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1º y 114 al 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de esta publicación, podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Medio Ambiente (Decreto 482/1997, de 30 de diciembre, DOG del 8 de enero de 1998, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente). Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que este fuese presentado, esta resolución será firme a todos los efectos.

El importe de la sanción, así como el de la indemnización, se hará efectivo dentro del plazo de un mes contado desde el momento en que la resolución sea firme, en la cuenta nº 2091-0388-90-3110001181 de Caixa de Galicia. De no hacerlo dentro del plazo señalado se procederá a su cobro por la vía de apremio.

Para proceder al abono de la sanción, deberá utilizar los impresos normalizados que le serán facilitados en esta Delegación Provincial de Lugo, Ronda de la Muralla, nº 70-2º bajo.

Lugo, 12 de noviembre de 2001.

Luis González Vázquez

Delegado provincial de Lugo

ANEXO

Expediente: P-129/2001.

Denunciado: Salvador Montoya Jiménez.

DNI: 33541876.

Domicilio: c/ Poeta Aquilino Iglesias, nº 23-1º d, Lugo.

Hecho denunciado: practicar el deporte de la pesca fluvial con caña sin estar en posesión de la preceptiva licencia de pesca en vigor, así como no respetar las limitaciones de tamaño fijadas por la Consellería de Medio Ambiente, al haber capturado una trucha de tamaño inferior al reglamentario (1-16 cm). Hechos constatados el día 24-5-2001, a las 18 h en el río Miño. Lugo.

Precepto sancionador: 34.1º; 33.9º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Calificación de la sanción: menos grave.

Sanción: 55.000 pesetas (330,56 euros).

Indemnización por daños y pérdidas de 1.000 pesetas (6,01 euros).

Inhabilitación para obtener la licencia de pesca y para el ejercicio de esta actividad por un período de un año.