Se notifica, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, a la empresa que a continuación se relaciona, al no poder notificar por correo certificado la resolución dictada en el expediente de sanción, por infracción en el orden social, (materia laboral, seguridad e higiene y salud laboral), su dirección, identificación, número del expediente, cuantía de la sanción y disposición infringida se citan seguidamente:
Empresa: Textil Mindoniense, S.L.
Dirección: avda. Buenos Aires, s/n, Mondoñedo.
NIF: B-27263698.
Nº de expediente: 131/2001.
Cuantía: 250.001 pesetas.
Disp. infringida: Real decreto legislativo 5/2000, Orden ministerial de 7 de julio de 1997.
Contra esta resolución podrá interponer el interesado recurso de alzada, por conducto de esta delegación ante el director general de Relaciones Laborales en el plazo de un mes contado desde el día seguiente al de su notificación.
Se le advierte que de no ser entablado éste en tiempo y forma, habrá de abonar la multa impuesta a través de Caja de Ahorros de Galicia, oficina principal, cuenta de sanciones nº 311-152-106-9, dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución ya que, en otro caso, se procederá a la ejecución por la vía de apremio, en los terminos previstos en el artículo 3 de la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 22 de mayo de 1987.
Lugo, 22 de noviembre de 2001.
Manuel Teijeiro Álvarez
Delegado provincial de Lugo