Jaime Balado Yáñez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número dos de A Coruña, doy fe y testimonio: en autos seguidos ante este juzgado de lo social, tramitados bajo el número 343/2001, a instancia de Jorge Rodríguez Osinde, contra la empresa Conberga, S.L. y otro sobre salarios, se dictó la siguiente sentencia:
«En la ciudad de A Coruña a 23 de noviembre de 2001. Jorge Hay Alba, magistrado-juez del Juzgado de lo Social número dos de esta ciudad, ha visto los presentes autos de juicio númro 343/2001, seguidos a instancia de Jorge Rodríguez Osinde, mayor de edad, asistido por el letrado José Nogueira Esmorís, contra la empresa Conberga, S.L., siendo el objeto de la reclamación, salarios.
Siguen hechos y fundamentos de derecho.
Decido que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por Jorge Rodríguez Osinde, interviniendo
el Fogasa, debo condenar y condeno a la empresa Conberga, S.L. a abonar al actor la cantidad de 232.086 pesetas por los conceptos reclamados en la demanda.
Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la referida no cabe ningún recurso, siendo firme en derecho.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».
Y para que sirva de notificación a la empresa Conberga, S.L., de domicilio desconocido, mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo la presente cédula en A Coruña a 23 de noviembre de 2001.
El secretario judicial
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