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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 250 Viernes, 28 de diciembre de 2001 Pág. 16.556

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 6 de noviembre de 2001, de la Delegación Provincial de A Coruña, de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración de utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica que se cita. (Expediente IN407A 01/369).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración de utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: avenida de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.

Título: L.M.T., C.T., R.B.T. Mallos.

Situación: Teo.

Características técnicas: línea eléctrica aérea de media tensión a 20 kV, de 955 m de longitud, en conductor LA-56, que parte del apoyo nº 205 de la L.M.T. Pontevea-Campos y final en el C.T. aéreo de Mallos, de 50 kVA y red de baja tensión. En el término municipal de Teo.

El expediente se sometió a los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (BOE nº 285), del sector eléctrico, y en el título VII del Real decreto de 1 de diciembre (BOE nº 310), sobre autorización de instalaciones de energía eléctrica.

En la fase de información pública se presentaron las siguientes alegaciones:

Antonio Matalobos, titular de las fincas nº 2 y 3, se opone a la autorización y aprobación del expediente en base a los siguientes principios:

1. Antieconomicidad de la explotación por lo que sugiere se le expropie la totalidad de las mismas; artículo 23 del reglamento de la Ley 10/1966.

2. Vulneración del capital, amparado por el artículo 565 del Código civil.

La entidad beneficiaria rechaza la argumentación del alegante aduciendo que ésta no justifica las alegaciones.

Vistos la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, esta delegación provincial resuelve:

Autorizar, aprobar el proyecto de ejecución y declarar de utilidad pública, en concreto, las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el anteproyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

Las instalaciones se ejecutarán en un plazo no superior a un año, contado a partir de la fecha de esta resolución.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

A Coruña, 6 de noviembre de 2001.

Jesús Espada Martínez

Delegado provincial de A Coruña