Por la presente cédula, se notifica a los denunciados, cuyas señas y últimos domicilios conocidos se señalan en el anexo, las resoluciones sancionadoras, dictadas por el delegado provincial de la CPTOPV de A Coruña, facultado por el Decreto 70/1993, de 10 de marzo (DOG del 26 de marzo), recaídas en los expedientes que se citan en el anexo.
Haciéndoles saber el derecho que les asiste para interponer recurso de alzada, ante el director general de Transportes, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación de la presente cédula.
En caso de conformidad con estas resoluciones, disponen de un plazo de quince días, para su pago en voluntaria, haciendo efectiva la multa mediante ingreso a favor del Tesoro de la Hacienda Gallega, cuenta de recaudación de multas y sanciones nº 1302 6000 08 13.763.620 de la Caja Postal de Ahorros.
Transcurrido este plazo se procederá a su cobro por la vía de apremio, según lo prescrito en el art. 97 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero (BOE nº 12).
Y para que conste y sirva de notificación, a los denunciados de domicilios desconocidos, y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 59.4º de la anteriormente citada ley, expido, firmo y sello la presente cédula en A Coruña, 19 de noviembre de 2001.
Gonzalo López González
Jefe del Servicio Provincial de Transportes de A Coruña
ANEXO
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Estrada-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
C-5296-AY
G.C. Tráfico Fajardo, 35-37-1º
15404 Ferrol (A Coruña)
24-1-2001; 19.35; C-642; 34,6 Art.158 R.D. 1211/1990 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 OR-0713-T
G.C. Tráfico Riomao, 42
32001 Ourense
21-2-2001; 10.33; N.634; 709,5
16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 C-04060-AW
G.C. Tráfico Calvo Sotelo, s/n
15407 Narón (A Coruña)
21-2-2001; 16.35; AC-113; 3,500 Art.158 R.D. 1211/1990 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 S-1778-AL
G.C. Tráfico Juan de la Cosa, 67
39740 Santoña (Cantabria)
7-3-2001; 3; N-634; 716 Art.158 R.D. 1211/1990 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 PO-7683-BB
G.C. Tráfico Bajada Al Portiño, 15
36392 Vigo (Pontevedra)
23-3-2001; 11.45; N-550; 82,500 Art.158 R.D. 1211/1990 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 LE-0788-AG
G.C. Tráfico General Benavides, 11
24750 La Bañeza (León)
15-3-2001; 11.20; A-9; 79,500
16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990XC-00726-O-2001
José M. Teixeira González
Transportar chatarra desde Cariño a Valdoviño teniendo caducada la utorización de transporte desde abril de 1999.
Art. 103 Ley 16/1987
Art. 143 Ley
25.000 ptas XC-01236-O-2001
Alfredo Fernández Dacal
Circular utilizando un disco diagrama E1-137 en el aparato tacógrafo careciendo en la hoja de registros de las anotaciones obligatorias carece del nombre y apellidos del conductor. Sólo hace constar iniciales a F dejando espacio. Se recoge disco fecha 21 y 18 el cual éste y los de la semana en curso pone nombre y apellidos.
Art. 15 R(CE)3821/1985 Art. 143 Ley
25.000 ptas XC-01269-O-2001
José López Díaz
Circular transportando muebles, careciendo de la tarjeta de transporte.
Art. 103 Ley 16/1987
Art. 143 Ley
25.000 ptas XC-01490-O-2001
Pescados Repiso S.C.
Circular con un furgón transportando pescado fresco desde Santoña a Vigo, careciendo de tarjeta de transporte presenta tarjeta MPC-N vencida el 28-2-2001.
Art. 103 Ley 16/1987
Art. 143 Ley
15.000 ptas XC-01591-O-2001
Daniel Trelles Rodríguez
Realizar transporte privado de mercancías (turismo averiado), careciendo de la tarjeta de transportes.
Art. 103 Ley 16/1987
Art. 143 Ley
25.000 ptas XC-01704-O-2001
Transportes Vega Mayo, S.L.
Haber realizado el conductor del vehículo una conducción diaria de once horas y diez minutos en una jornada laboral, después de un descanso bien realizado, jornada entre las 18.40 del día 12 y las 18.40 del día 13. Transporta carga completa de madera.
Art. 6 R(CE) 3820/1985 Art. 143 Ley
20.000 ptas
CONSELLERÍA DE INDUSTRIA
Y COMERCIO