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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 247 Lunes, 24 de diciembre de 2001 Pág. 16.399

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

RESOLUCIÓN de 21 de noviembre de 2001 sobre autorización de apertura de un nuevo establecimiento de la agencia de viajes Zafiro Tours, S.A. sita en la calle Pedro Alvarado, número 5 bajo, de Vigo (Pontevedra).

Examinado el expediente instruido a instancia de Victoria E. Gomis Cerdán, en su calidad de representante legal de Zafiro Tours, S.A., titular de la agencia de viajes Zafiro Tours, S.A., en solicitud de la autorización de apertura en la calle Pedro Alvarado nº 5 de Vigo, de un nuevo establecimiento de la agencia de viajes Zafiro Tours, S.A. del grupo mayorista-minorista, con código de identificación CV-Mn 173-A y casa central en la avenida Federico Soto nº 12 de Alicante.

Resultando que el interesado junto con la solicitud acompañó toda la documentación a que hace referencia el artículo 5 del Decreto 42/2001 de 1 de febrero de refundición en materia de agencias de viajes, guías de turismo y turismo activo.

Considerando que, en la empresa solicitante y en el nuevo establecimiento de la agencia de viajes, concurren todas las condiciones exigidas por el mencionado reglamento para la obtención de su autorización.

Considerando que en la tramitación del expediente se observaron todos los requisitos y formalidades establecidos legal y reglamentariamente.

Visto la Ley 9/1997, de 21 de agosto de ordenación y promoción del turismo en Galicia y el Decreto 42/2001, de 1 de febrero, de refundición en materia de agencias de viajes, guías de turismo y turismo activo, esta Dirección General de Turismo.

RESUELVE:

Autorizar a la agencia de viajes Zafiro Tours, S.A., de la que es titular Zafiro Tours, S.A., la apertura de un nuevo establecimiento en la calle Pedro Alvarado nº 5 de Vigo (Pontevedra), que será inscrito en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Comunidad Autónoma Gallega.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Previamente podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOG.

Todo esto sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso extraordinario de revisión en los supuestos y plazos previstos en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 21 de noviembre de 2001.

P.D. (Orden 12-1-1998)

María A. Antón Vilasánchez

Directora general de Turismo