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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 243 Martes, 18 de diciembre de 2001 Pág. 16.156

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE RIBEIRA

EDICTO (309/2000).

Yo, Ramón Eloy Rodríguez Frieiro, secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Ribeira, certifico:

Que en los autos que luego se dirá recayó sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva dicen:

«Sentencia. En Santiago de Compostela a cinco de septiembre de dos mil uno. Visto por la sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, constituida como tribunal unipersonal por Ángel Pantín Reigada, presidente de la misma, el recurso de apelación interpuesto por Beatriz Fernández Paredes, contra la sentencia dictada en fecha 14 de febrero de 2001 por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Ribeira en los autos de juicio de faltas nº 309/2000 de ese juzgado y registrados como rollo de apelación de juicio de faltas número 68/2001 de esta sección, en los que son parte como apelante Beatriz Fernández Paredes y como apelado Manuel María Vilaso Ferreiros; procede formular los siguientes antecedentes de hecho, hechos probados, fundamentos de derecho y fallo.

Fallo que, desestimando el recurso de apelación interpuesto por Beatriz Fernández Paredes frente a la sentencia de 14 de febrero de 2001, dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Ribeira en los autos de juicio de faltas de ese juzgado número 309/2000, se confirma la misma, con imposición a la apelante de las costas de apelación. Notifíquese esta sentencia, en legal forma, a las partes, haciéndoles saber, conforme perceptúa el artículo 248.4º de la Ley orgánica del poder judicial, que la misma es firme, y que contra ella no cabe recurso alguno. Devuélvanse las actuaciones originales con testimonio de la presente resolución al juzgado de procedencia para su ejecución y cumplimiento.

Así por esta mi sentencia, de la que se pondrá certificación literal en el rollo de su razón, incluyéndose el original en el libro de setencias, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a Beatriz Fernández Paredes, expido y firmo el presente edicto.

Ribeira, dieciséis de noviembre de dos mil uno.

El secretario

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