Por Resolución de 16 de mayo de 2001, de la Dirección General de Industria de la Consellería de Industria y Comercio, se autorizaron las instalaciones electromecánicas y se aprobó el proyecto de ejecución de parque eólico Peña Armada, siendo declarada la utilidad pública, en concreto, de las instalaciones de dicho parque eólico por Resolución de 22 de octubre de 2001, de la Consellería de Industria y Comercio.
Esta declaración de utilidad pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54/1997, del sector eléctrico, lleva implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
En su virtud, esta delegación provincial, en cumplimiento de lo dispuesto en dicho artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, ha resuelto convocar a los titulares de bienes y derechos afectados, con los cuales no se ha llegado a un acuerdo, y que se relacionan en el anexo, para que comparezcan en el Ayuntamiento de Friol (Lugo), como punto de reunión para, de conformidad con el procedimiento que establece el citado artículo, llevar a cabo el levantamiento de actas previas a la ocupación.
Las afecciones designadas en la relación de bienes y derechos son las siguientes:
* Superficie de protección eólica (SPE): la superficie de protección eólica está afectada por la siguiente limitación de dominio: prohibición de situar obstáculos de altura superior a 10 m (construcciones, arbo
lado, postes y otros) en un radio de 50 m alrededor del eje de cada aerogenerador.
* Superficie de vuelo (SV): corresponde al área de servidumbre de vuelo de las palas de los aerogeneradores, quedando definida por un círculo de 30 m de radio en torno a cada aerogenerador.
* Superficie expropiada: corresponde a la expropiación de pleno dominio de los terrenos afectados.
* Servidumbre de paso: corresponde a la superficie ocupada por los caminos y zanjas que albergan los cables subterráneos, incluyendo las cunetas, los taludes y desmontes, con las siguientes servidumbres y limitaciones de dominio permanentes:
-Derecho de libre paso o acceso de personal y equipos para la construcción, montaje, supervisión, vigilancia, conservación o reparación de las instalaciones.
-Servidumbre de paso subterráneo comprendiendo la ocupación del subsuelo por las líneas eléctricas subterráneas alojadas en zanjas. Dicha servidumbre ocupará un ancho de 1,5 m a lo largo de toda la longitud de la línea.
-Prohibición de efectuar remoción del terreno o cualquier tipo de obras o actos que puedan dañar o perjudicar a los caminos e instalaciones.
Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de derechos o inte
reses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo de la contribución, pudiéndose acompañar de sus peritos y un notario, si lo estiman oportuno, con gastos a su costa.
Asimismo, se advierte a todos los interesados afectados que podrán formular alegaciones por escrito en esta delegación provincial hasta el momento del levantamiento de las actas previas, a los únicos efectos de rectificar posibles errores en la relación de bienes y derechos afectados.
De esta convocatoria se dará traslado a cada interesado mediante la oportuna cédula de citación individual, en la que se le señalará día y hora para el levantamiento de actas.
Esta publicación se realiza igualmente, a los efectos que determina el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando los titulares de los predios propuestos sean desconocidos o se ignore el lugar de notificación.
En el expediente expropiatorio Unión Fenosa Energías Especiales asumirá la condición de beneficiaria.
Lugo, 29 de noviembre de 2001.
Jesús Bendaña Suárez
Delegado provincial de Lugo
ANEXO
Parque eólico Peña Armada
Relación de propietarios, bienes y derechos afectados
Ayuntamiento: FriolProvincia: Lugo
L.M.T. terreno apellidos m m m m
FINCAS PROPIETARIOS AEROGENERADORES VIAL Y
Nº Paraje Clase de
Nombre y
Domicilio nº S.P.E.
S.V.
S.E.
S.P.
Pte.: José Ángel Pacín Núñez Parroquia de Xiá-Friol. C.P. 27227
Serafín Varela Simón c/ Serantes nº 3-1º izda., 48002 Bilbao
Pte. José Ángel Pacín Núñez
Arrendatario: Avelino
Prado Pena
Pte. José Ángel Pacín Núñez
Arrendatario: Avelino López Varela
Pte.: José Ángel Pacín Núñez
Arrendatario: Jesús Penas Vigo
Pte.: José Ángel Pacín Núñez
Arrendatario: Alejandro Barreiro Expósito
1 Su A Corga Monte alto Comunidad monte vecinal mano común de Xiá
Lugar de Pozas
1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 45.241 14.410 5.656 10.088
2 Monte do Rego Prado Fermín López Varela
c/ Serantes, nº 3-2º izda., 48002 Bilbao
6 1.001 - - -
1A O Coto Monte alto Comunidad monte vecinal mano común de Xiá
Lugar de Pozas, parroquia de Xiá-Friol, C.P. 27227, Casantalla, Xiá, Friol, C.P. 27227 8 3.778 2.193 644 872
1B O Coto Monte bajo Comunidad monte vecinal mano común de Xiá
Lugar de Pozas, parroquia de Xiá-Friol, C.P. 27227, Casantalla, Xiá, Friol, C.P. 27227 9 1.095 667 148 178
1C O Coto Monte bajo Comunidad monte vecinal mano común de Xiá
Lugar de Pozas, parroquia de Xiá-Friol, C.P. 27227, Casantalla, Xiá, Friol, C.P. 27227 9 648 438 480 224
1D O Coto Monte bajo Comunidad monte vecinal mano común de Xiá
Lugar de Pozas, parroquia de Xiá-Friol, C.P. 27227, Casantalla, Xiá, Friol, C.P. 27227 9 632 484 23 680
3 O Coto Monte bajo Jesús Penas Vigo Casantalla, Xiá, Friol, C.P.: 27227 9 990 71 - -
Pte.: José Ángel Pacín Núñez
4 Monte Puxeiro Monte bajo Comunidad monte vecinal mano común de Xiá
Lugar de Pozas, parroquia de Xiá, Friol, C.P.: 27227 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 21, 22 40.016 15.871 5.057 9.872
L.M.T. terreno apellidos m m m m
FINCAS PROPIETARIOS AEROGENERADORES VIAL Y
Nº Paraje Clase de
Nombre y
Domicilio nº S.P.E.
S.V.
S.E.
S.P.
Alicia Rodríguez López
c/ Mosteiro de Bergondo, nº 14-3º B, 15010 A Coruña
5 A Revolta Monte bajo Hrds. de Higinio Expósito Rguez. Casferro, Xiá, Friol, C.P. 27227 18 2.350 1.243 595 183
6 A Revolta Monte bajo José Ángel Rodríguez Prieto c/ Forcarei, n º 18-4º, C.P. 15002 A Coruña 19, 20 2.555 972 648 752
7 A Revolta Monte bajo José Rodríguez Penas Casferro, Xiá, Friol, C.P. 27227 19, 20 1.683 1.376 347 448
8 A Revolta Monte bajo Carmen Sandome Peteiro Casferro, Xiá, Friol, C.P. 27227 20-21 3.118 502 257 784
9 A Revolta Prado Dositeo Rodríguez Penas Casferro, Xiá, Friol, C.P. 27227 21 2.143 1.418 636 410
10 Picheira da Telleira Monte bajo Ángel Rodríguez López y
c/ Alcalde Abellá, nº 15-21, C.P. 15002, A Coruña
22, 23 11.221 2.271 950 1.296