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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 234 Martes, 04 de diciembre de 2001 Pág. 15.426

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

CÉDULA de notificación de sentencia (476/2001).

Yo, Camilo J. García-Puertas Magariños, secretario del Juzgado de lo Social número dos de Santiago de Compostela, doy fe que en los presentes autos de juicio verbal número 476/2001, seguidos en este Juzgado de los Social número dos de Santiago de Compostela, a instancias de Samuele Sebastianelli, contra Juan Alberto Ageitos Vázquez (Galimail), Rediscarta Galicia, S.L. y Repriss, S.A. en reclamación de despido, se ha dictado, con fecha 22 de agosto de 2001, sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

«Que estimando como estimo la demanda promovida por Samuele Sebastianelli contra las empresas Juan Alberto Ageitos Vázquez (Galimail), Rediscarta Galicia, S.L. y Repriss, S.A., debo declarar y declaro la improcedencia del despido de que fue objeto la parte actora, condenando a las tres empresas demandadas a estar y pasar por esta declaración y a que opten, en el término de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de esta sentencia, entre readmitir al actor en su puesto de trabajo, de forma inmediata y en las mismas condiciones que tenía antes del despido, o abonarle solidariamente el actor la cantidad de noventa y ocho mil setecientas noventa y nueve pesetas (98.799 pesetas) en concepto de indemnización por despido, y a que le abone, en todo caso, la cantidad de ciento treinta y dos mil trescientas treinta y seis pesetas (132.336 pesetas) en concepto de salarios de tramitación, devengados hasta el día de la fecha, más el haber diario de mil ochocientas treinta y

ocho pesetas (1.838 pesetas) desde este día hasta la fecha de notificación de la sentencia.».

Y para que sirva de notificación de sentencia al demandado Juan Alberto Ageitos Vázquez (Galimail), con domicilio en c/ Touro, 3, bajo Santiago de Compostela, hoy en paradero desconocido, y haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá ser anunciado, por escrito o comparecencia, en el término de cinco días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la sentencia y con expresa advertencia de que, de ser el recurrente la empresa demandada deberá exhibir ante este juzgado el reguardo acreditativo de hacer depositado en la cuenta de recursos de este Juzgado de lo Social número dos, nº de identificación: 1596, abierta en el Banco Bilbao-Vizcaya, oficina 5947, sita en la c/ Senra nº 3 de esta

ciudad, la cantidad objeto de condena (clave de ingreso 60), pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista; y acreditar también haber depositado en la indicada cuenta (clave de ingreso 60) la cantidad de veinticinco mil pesetas (25.000 pesetas), preceptiva legalmente para recurrir, sin cuyos requisitos no se tendrá por anunciado dicho recurso.

Y asimismo, para que conste a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo la presente cédula de notificación de sentencia en Santiago de Compostela a doce de noviembre de dos mil uno.

El secretario judicial

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