Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 232 Viernes, 30 de noviembre de 2001 Pág. 15.326

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

CÉDULA de 7 de noviembre de 2001, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del expediente 39/2001 ALM, por infracciones en materia sanitaria.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, para que el expedientado pueda tener conocimiento del contenido de la misma, la resolución del expediente sancionador nº 39/2001 ALM, por infracciones en materia sanitaria, iniciado en la Delegación Provincial de Sanidad y Servicios Sociales de Pontevedra.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste para presentar alegaciones ante esta delegación provincial en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente cédula.

La presente cédula se expide para que conste y sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Pontevedra, 7 de noviembre de 2001.

P.A. (Art. 16.2º, Decreto 198/1994, de 16 de junio)

Isabel Cerqueira Ozores

Secretaria provincial de la Consellería de Sanidad

y Servicios Sociales

ANEXO

Expediente nº: 39/2001 ALM.

Denunciado: Frutas A Viguesa, S.L.

Último domicilio conocido: carretera provincial nº 136, Vigo.

Hecho denunciado: infracción en materia sanitaria.

Precepto infringido:-Artículo 2.2º 2 del Real decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.-Artículo 3, capítulo I, punto 2º c) y punto 3º, así como del capítulo II b) c), capítulo VII, capítulo IX, punto 3º, y capítulo X del R.D. 2207/1995, de 28

de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene relativas a los productos alimenticios.-Artículo 2 del Real decreto 1712/1991, de 29 de noviembre, sobre registro general de alimentos.-Artículo 7 del Real decreto 202/2000, de 11 de febrero, por el que se establecen las normas relativas a los manipuladores de alimentos.

Precepto sancionador:-Artículo 35 A) 1ª, 2ª de la Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad.

Sanción impuesta: 75.000 pesetas.