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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 231 Jueves, 29 de noviembre de 2001 Pág. 15.257

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

ACUERDO de 14 de noviembre de 2001, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por el que se somete a información pública la petición de autorización y declaración de utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica que se cita. (Expediente II407A 00/31-4).

A los efectos previstos en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y en el artículo 9 del Decreto 2617/1966, y en los artículos 10 y 16 del Decreto 2619/1966, se somete a información pública la petición de autorización, declaración de utilidad pública, en concreto, y la urgente ocupación de la instalación eléctrica que se describe y que fue objeto de anterior información pública en el BOP del 17 de marzo, DOG del 23 de marzo, BOE del 28 de marzo y en el periódico Faro de Vigo del 7 de marzo de 2000, por haber presentado la empresa eléctrica un proyecto de modificación de la traza de la línea, como consecuencia de la variante propuesta por dos comunidades de montes.

Solicitante: Unión Eléctrica Distribución, S.A.

Domicilio social: travesía de Vigo, 204, 36207 Vigo.

Título: modificación de la L.A.T. desde sub. Pazos de Borbén hasta la L.A.T. Atios-Mos.

Situación: Pazos de Borbén, Redondela y Mos.

Características técnicas: L.A.T. a 220 kV, aérea, doble circuito, de 8.676 metros de longitud, con conductor tipo LA-455-Condor, sobre apoyos metálicos, desde la subestación de Pazos de Borbén hasta el

vano 42-43 de la L.A.T. Atios-Mos. La instalación discurre por los ayuntamientos de Pazos de Borbén, Redondela y Mos.

Los bienes o derechos que están afectados por esta modificación fueron incluidos en la relación publicada en la información pública inicial.

Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán presentar sus alegaciones en esta delegación provincial, por duplicado, en el plazo de treinta días a partir de la última publicación o notificación individual.

Durante dicho período cualquier persona podrá aportar, asimismo, por escrito, los datos oportunos para rectificar posibles errores en la relación de personas, bienes y derechos afectados, así como formular las alegaciones procedentes por razón de lo dispuesto en los artículos 25 y 26 del reglamento de la Ley 10/1966, de expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas.

Pontevedra, 14 de noviembre de 2001.

Carmen Bianchi Valcarce

Delegada provincial de Pontevedra