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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 230 Miercoles, 28 de noviembre de 2001 Pág. 15.181

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

ORDEN de 13 de noviembre de 2001 por la que se crea la Comisión Técnica de Mantenimiento del Servicio Gallego de Salud.

La Ley 8/1991, de 23 de julio, modificó el artículo 3 de la Ley 1/1989, de 2 de enero, por la que se crea el Servicio Gallego de Salud, como organismo autónomo de carácter administrativo dotado de personalidad jurídica propia, y adscrito a la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, atribuyéndole a este organismo la «gestión de los centros, servicios y establecimientos sanitarios del Servicio Gallego de Salud, y de los demás adscritos provisionalmente a él».

Posteriormente, el Decreto 49/1998 (que fue modificado posteriormente a través de otros dos decretos: el 128/1999, de 23 de abril, y 38/2001, de 1 de febrero) estableció la estructura orgánica de los servicios centrales del Servicio Gallego de Salud, contemplando en su artículo 15 la existencia de la División de Recursos Económicos, a la que se le atribuyen entre otras funciones la de coordinación y control de los servicios económicos administrativos, de hostelería y de mantenimiento técnico de los centros del organismo.

El Servicio Gallego de Salud viene fomentando la utilización de mecanismos y sistemas de coordinación y homologación, al objeto de alcanzar una mayor eficiencia en el desarrollo de sus competencias.

Por otro lado, la creciente complejidad técnica de las instalaciones y equipamientos de los centros sanitarios conlleva la necesidad de acoger la participación de profesionales de esta área del Servicio Gallego de Salud, al objeto de llevar a cabo actuaciones de formación que mantengan actualizados sus conocimientos.

Por todo lo anterior,

DISPONGO:

Artículo 1º.-Creación de la comisión.

Por la presente orden se crea la Comisión Técnica de Mantenimiento del Servicio Gallego de Salud.

Artículo 2º.-Composición.

La Comisión Técnica de Mantenimiento del Servicio Gallego de Salud estará compuesta por los siguientes miembros:

Presidente: subdirector general de Inversiones del Sergas.

Vicepresidente: jefe del Servicio de Suministros, Mantenimiento e Instalaciones.

Vocales: jefes de los servicios o responsables de mantenimiento de los centros hospitalarios y de Atención Primaria del Sergas.

Secretario: actuará como secretario uno de los jefes de servicio designados como vocales de la comisión.

Artículo 3º.-Funciones de la comisión.

Se establecen como funciones de la Comisión Técnica de Mantenimiento las siguientes:

-Proponer acciones de formación dirigidas a los profesionales del área de mantenimiento del Sergas.

-Evaluar la propuesta de contratación agregada de varios centros del Sergas, relativa a servicios de mantenimiento.

Artículo 4º.-Funcionamiento.

Para el funcionamiento de la comisión, y a fin de abordar el tratamiento de aspectos o cuestiones específicas, podrá constituírse subcomisiones cuando así lo acuerde el Pleno de la comisión.

Las subcomisiones que puedan crearse tendrán funciones de deliberación, estudio y propuesta sobre el asunto o materia encomendada por la comisión; teniendo aquellas carácter temporal, de modo que, una vez emitido su dictamen o propuesta, se entenderá cumplido su cometido y, por tanto, quedará sin efecto la designación de sus miembros como integrantes de la subcomisión y disuelta ésta.

También podrán participar eventualmente en la comisión o en las subcomisiones que puedan constituírse otros profesionales que puedan aportar sus conocimientos o experiencia en relación con los temas o asuntos objeto de estudio en aquellas.

Disposiciones finales

Primera.-Se autoriza al director general de la División de Recursos Económicos del Sergas, para dictar las disposiciones que sean precisas para el desarrollo y ejecución de esta orden.

Segunda.-La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 13 de noviembre de 2001.

José Mª Hernández Cochón

Conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales