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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 227 Viernes, 23 de noviembre de 2001 Pág. 15.036

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

RESOLUCIÓN de 6 de noviembre de 2001 por la que se delegan en los delegados provinciales de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo el ejercicio de determinadas competencias.

Teniendo en cuenta el gran volumen de la actividad administrativa que la normativa le atribuye a la Dirección General de Turismo, con el fin de evitar una concentración excesiva y lograr una mayor agilidad administrativa que redunde en beneficio tanto de la Administración como de los administrados, se hace conveniente que, dentro del respeto a los principios informadores de la actuación administrativa, y con sujeción a la normativa legal vigente, se deleguen en los delegados provinciales de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, determinadas competencias.

En su virtud, haciendo uso de las atribuciones que me confiere el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento adminis

trativo común, dispongo delegar en los delegados provinciales de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo el ejercicio de las siguientes competencias:

-Autorizaciones de las modificaciones de grupo, categoría, capacidad, superficie y denominación de los establecimientos hoteleros.

-Autorizaciones de las modificaciones de la categoría, capacidad, superficie y denominación de las ciudades de vacaciones.

-Autorizaciones de las modificaciones de la categoría, capacidad, superficie y denominación de los apartamentos, bungalows y otros alojamientos similares de carácter turístico.

-Autorizaciones de las modificaciones de la categoría, capacidad, superficie y denominación de los campamentos de turismo.

-Autorizaciones de las modificaciones de grupo, categoría, capacidad, superficie y denominación de los establecimientos de turismo rural.

-Autorizaciones de las modificaciones de la categoría, capacidad, superficie y denominación de los restaurantes.

-Autorizaciones de las modificaciones de la categoría, capacidad, superficie y denominación de las cafeterías.

-Autorizaciones de los cambios de grupo, director, denominación y locales de las agencias de viajes y de sus sucursales.

-Visado de los reglamentos de régimen interior de los establecimientos turísticos.

La Dirección General de Turismo podrá, no obstante, avocar para sí en cualquier momento el ejercicio de las competencias delegadas en esta resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la citada ley.

Las resoluciones administrativas que se adopten haciendo uso de las delegaciones contenidas en la presente resolución harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por la autoridad que las concedió.

Santiago de Compostela, 6 de noviembre de 2001.

María A. Antón Vilasánchez

Directora general de Turismo