El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 5 de junio de 2001, aprobó definitivamente el estudio de detalle para el señalamiento de alineaciones, rasantes y ordenación de volúmenes del Z-8 del Plan parcial SAU-3 de Rianxiño-Rianxo, solicitado por Juan García Domínguez.
Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 8, 9 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la juris
dicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo. Previa y potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición, de conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/1992, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a dicha publicación.
También podrá interponer el recurso extraordinario de revisión cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la que se aprueba el régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en los plazos establecidos en el apartado 2º del mismo artículo 118. Todo ello sin perjuicio del derecho de los interesados a formular la solicitud y la instancia a que se refieren los artículos 102.1º y 105.2º de dicha ley.
Rianxo, 19 de octubre de 2001.
Pedro Piñeiro Hermida
Alcalde