De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen
jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), se notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones de los expedientes instruidos por infracción de la Ley 6/1991, de 15 de mayo, de infracciones en materia de protección de recursos marítimo-pesqueros (DOG nº 99, del 27 de mayo).
Los interesados disponen de un plazo de diez días, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto, para examinar el expediente e interponer, dentro del plazo que en cada caso se establezca, el recurso pertinente.
Los expedientes relacionados a continuación se encuentran a disposición de los interesados en la citada Delegación Territorial de Vigo, c/ Palma, 4.
Nº de expediente: PESAN1 2001/000078-5.
Denunciado: Jaime García Parada.
DNI: 76870428-N.
Dirección: Arousa, 9, Cambados (Pontevedra).
Precepto infringido: 6.14º.
Sanción: 100.000 pesetas/601,01 euros.
Nº de expediente: PESAN1 2001/000254-5.
Denunciado: Jonathan Martínez Echegoyen.
DNI: 53176222-S.
Dirección: Beirán, 46, Matamá, Vigo (Pontevedra).
Precepto infringido: 6.7º.
Sanción: 25.001 pesetas/150,26 euros.
Nº de expediente: PESAN1 2001/000259-5.
Denunciado: Manuel Pérez López.
DNI: 36104946-Y.
Dirección: Vista Real, 1, 3º A, Baiona (Pontevedra).
Precepto infringido: 5.3º, 6.14º.
Sanción: 35.000 pesetas/210,35 euros.
Nº de expediente: PESAN1 2001/000380-5.
Denunciado: Vicente Barbosa Gómez.
DNI: 34536230-M.
Dirección: carretera de La Granja, 21, 4º, Ourense.
Precepto infringido: 5.3º.
Sanción: 5.000 pesetas/30,05 euros.
De conformidad con lo previsto en la orden de Economía y Hacienda de 22 de mayo de 1987 (DOG nº 104, del 3 de junio), las citadas sanciones deberán ser abonadas en la c/c nº 2091/0501/66/3110000041 de la Caja de Ahorros de Galicia, oficina principal de Vigo, título de la cuenta Tesoro de la Hacienda Gallega. Cuenta restringida de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura. Recaudación de multas y sanciones, en los plazos establecidos en el Reglamento general de recaudación. En el supuesto de no ser abonadas se procederá, sin más trámite, a su cobro por la vía de apremio reglamentaria.
Vigo, 22 de octubre de 2001.
Rosa Mª Quintana Carballo
Delegada territorial de Vigo