Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados, con los datos y último domicilio conocido que se señalan en el anexo, las resoluciones sancionadoras dictadas por el director general de Transportes, recaídas en los expedientes sancionadores que se citan en el anexo.
Se les hace saber que dichas resoluciones no agotan la vía administrativa, pudiendo interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda dentro del plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente cédula. Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado y quedará expedita la vía procedente.
En caso de conformidad con estas resoluciones deberán hacer efectiva la multa mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones número 0182.5947.14.0200002630 del Banco Bilbao-Vizcaya, Argentaria, S.A., sucursal de Santiago de Compostela, en el plazo de los quince días hábiles siguientes a la firmeza de las resoluciones (firmeza
que se producirá al no interponer recurso ordinario dentro del plazo), y de no hacerlo así, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo prescrito en el artículo 97 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Para que conste, sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela, 15 de octubre de 2001.
Carlos A. González Rodríguez
Subdirector general de Inspección de Transportes
ANEXO
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
LU-8242-L
G.C. de Tráfico Raíña, 1
271 Lugo
12-2-2001; 11.46.22; N-VI; 464,4 y art. 157 R.D. 1211/1990 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 1.502,53 euros LU-5279-V
G.C. de Tráfico Avda. Arcadio Pardiñas, 175-3º B
27880 Burela, Santa María, Cervo
(Lugo)
23-3-2001; 1.20; N-634; 612 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 1.502,53 euros C-0426-BN
G.C. de Tráfico Oleoducto, 14-1º izq.
159 A Coruña
9-4-2001; 11; N-VI; 432,6 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 1.388,34 euros C-3426-AZ
G.C. de Tráfico Covo-Tamallancos, s/n
32101 Vilamarín (Ourense)
27-4-2001; 16.25.01; C-546; 40 y art. 41 R.D. 1211/1990 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 1.502,53 euros C-1733-AN
G.C. de Tráfico Teixeiro-nave 1
27289 Lugo
5-6-2001; 11.25; N-540; 1 y art. 41 R.D. 1211/1990 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 1.502,53 euros AL-4095-AD
G.C. de Tráfico Arzobispo Lago, 4-5º A
36600 Vilagarcía de Arousa
(Pontevedra)
17-1-2001; 20.20; A-52; 233 y art. 41 R.D. 1211/1990 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 1.502,53 euros OR-3383-T
G.C. de Tráfico Eduardo Boan, S.L.
Progreso, 114-5º
323 Ourense
15-3-2001; 12.30; A-52; 231 y art. 157 R.D. 1211/1990 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 1.502,53 euros OU-0412-V
G.C. de Tráfico Manuel García Álvarez, 1
322 Ourense
5-3-2001; 18.08; A-52; 217 1211/1990 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 2.103,54 euros OR-5624-T
G.C. de Tráfico Finca Carpazal-Barbantes, s/n
32454 Cenlle (Ourense)
15-3-2001; 12.30; A-52; 231 y art. 157 R.D. 1211/1990 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 1.502,53 euros M-0298-TC
G.C. de Tráfico C/ General Ricardos, 202
2825 Madrid
15-9-2000; 18.05; A-52; 281 y art. 41 R.D. 1211/1990 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 300,51 euros C-4861-AP
G.C. de Tráfico Plaza Exilio-Sta. Cruz, 51 bajo
15179 Oleiros (A Coruña)
10-11-2000; 18.50; C.R.G.11; 5 y art. 41 R.D. 1211/1990 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 1.502,53 eurosLU-00786-O-2001
Construcciones Vaneda, S.L.
Realizar transporte privado complementario de mercancías (arena), careciendo a bordo de documentación formal que acredite al conductor tener relación laboral con la empresa titular de la autorización.
Art. 102.3º Ley 16/1987
Art. 143 Ley
250.000 ptas.
LU-00847-O-2001
Antonio Rodríguez González
Realizar un descanso diario de cinco horas ininterrumpidas (período comprendido entre las 5.30 h y las 10.30 h del disco del día 20-3-2001).
R(CE) 3820/1985 Art. 143 Ley
250.000 ptas.
LU-01147-O-2001
Trafic Vial, S.L.
Transportar mercancías peligrosas, careciendo de la carta de porte.
Art. 143 Ley
231.000 ptas.
LU-01756-O-2001
Cruceiro Explotaciones Forestales, S.L.
Efectuar un transporte privado complementario de mercancías, no acreditando su conductor la relación laboral con la empresa titular del vehículo.
Art. 90 Ley 16/1987
Art. 143 Ley
250.000 ptas.
LU-01769-O-2001
Obrasmou, S.L.
Transportar hormigón careciendo el vehículo de la tarjeta de transportes.
Art. 90 Ley 16/1987
Art. 143 Ley
250.000 ptas.
OU-00301-O-2001
Manuel Millán Lemiña
Circular con el vehículo reseñado transportando pescado congelado, realizando un transporte público, careciendo de la autorización correspondiente para realizar el mismo. Presenta tarjeta de transportes de la clase MDP-N, válida hasta el 31-8-2000.
Art. 90 Ley 16/1987
Art. 143 Ley
250.000 ptas.
OU-00762-O-2001
Excavaciones e Construc.
Transportar bloques de granito, en servicio público, estando en posesión de tarjeta de transportes de servicio privado complementario.
Art. 102.3º Ley 16/1987
Art. 143 Ley
250.000 ptas.
OU-00765-O-2001
Miguel Vaz Rolan, S.L.
Transportar material de destierro (tierra) arrojando un peso total de 37.000 kg teniendo un PMA de 26.000 kg. 11.000 kg de exceso (42%).
Art. 200.3º del R.D.
Art. 143 Ley
350.000 ptas.
OU-00867-O-2001
Construcciones Ebolma, S.L.
Transportar bloques de granito en servicio público, amparándose en una tarjeta de servicio privado complementario. Lugar de carga: Canteiras Hnos. Cortiñas, NIF: B-32014417 Mugares-Toén, (Ourense). Contratante del transporte Extraco, S.A., destino obra en el p.k. 231 de la autovía Rías Baixas.
Art. 102.3º Ley 16/1987
Art. 143 Ley
250.000 ptas.
PO-02279-O-2000
Seriarte Raiz, S.A.
Circular transportando variedad de láminas, pinturas, según factura 2000C550 de Seriante Raiz, S.A. careciendo de la correspondiente autorización administrativa. No presenta ningún tipo de tarjeta o solicitud servicio privado complementario.
Art. 90 Ley 16/1987
Art. 143 Ley
50.000 ptas.
XC-00051-O-2001
Transitorios Delta, S.L.
Realizar transporte de mercancías con la tarjeta de transporte caducada desde el día 31-10-2000. Transporta carbón.
Art. 90 Ley 16/1987
Art. 143 Ley
250.000 ptas.
LU-8988-W
G.C. de Tráfico Avda. Coruña, 39-1º B
273 Lugo
2-12-2000; 2.35; N-634; 718,500
16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 1.502,53 eurosXC-00319-O-2001
Ramón Losada Díaz
No haber realizado el conductor del vehículo un descanso ininterrumpido de al menos ocho horas dentro de las veinticuatro horas siguientes al inicio de la jornada laboral. Descanso máximo realizado: dos horas y treinta y cinco (2.35). Jornada entre las 6.25 h día 29 y las 6.25 h día 30. Transporta madera desde Alfoz a Santiago de Compostela.
R(CE) 3820/1985 Art. 143 Ley
250.000 ptas.
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
C-4440-CF
G.C. de Tráfico Juan de la Cierva-pol. A Grela, 34
158 A Coruña
28-12-2000; 13; N-VI; 582 2115/1998 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 1.502,53 euros C-1801-CC
G.C. de Tráfico Camino del Aserradero-A Xira, 8
15660 Cambre (A Coruña)
29-1-2001; 9; AC-520; 9,800 Ley 16/1987 y art. 41
R.D. 1211/1990 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 1.803,04 euros C-9322-BU
G.C. de Tráfico Galileo Galilei-pol. A Grela, 17-B
158 A Coruña
8-2-2001; 11.55; C-552; 4,500 1211/1990. Art. 90 Ley
16/1987 y art. 41 R.D.
1211/1990 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 1.803,04 eurosXC-00701-O-2001
Gasóleos As Mariñas, S.L.
Circular un camión cisterna efectuando reparto de gasóleo tipo C (de calefacción) 1202 clase 3-31º C ADR. Transportando 690 l de este material, amparado en un certificado de aprobación del vehículo (nº 12056 de la cisterna 763), que no garantiza su estado adecuado, al tener este su validez caducada de fecha 23-9-2000.
Art. 33.14 R.D.
Art. 143 Ley
250.000 ptas.
XC-00884-O-2001
Losas Iglesias Hermanos, S.L.
Efectuar un transporte público de ropa desde Arteixo hasta Buño careciendo de la tarjeta de transporte así como utilizar un disco homologado (E-1) 138 no adecuado al tacógrafo E1-26. Tacógrafo marca Kienzle nº 2983695.
R(CE) 3821/1985. Art. 90
Art. 143 Ley
300.000 ptas.
XC-01162-O-2001
Coacon, S.L.
Circular transportando arena con un peso total bruto de 11.300 kg estando autorizado para PM de 10.000 kg exceso 1.300 kg, así como carecer de la tarjeta de transporte.
Art. 200.3º del R.D.
Art. 143 Ley
300.000 ptas.