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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 222 Viernes, 16 de noviembre de 2001 Pág. 14.762

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 287/2001, de 25 de octubre, por el que se acepta la cesión, a título gratuito, del uso de tres inmuebles ubicados en el polígono Atienza, en el término municipal de Vigo, hecha por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia.

El Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo acordó, mediante resolución del director general de 31 de julio de 2001, la cesión a título gratuito del uso por un plazo de diez años de tres locales para fines de utilidad pública o interés social de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales.

Conforme a los artículos 17.1º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, y 34 de su reglamento aprobado por el Decreto 50/1989, de 9 de marzo, la adquisición pura y simple de bienes a título gratuito o lucrativo requerirá decreto del Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta de la Consellería de Economía y Hacienda. Asimismo, los artículos 23.1º de dicha ley y 38.1º del reglamento establecen que no se podrán adquirir bienes o derechos a título lucrativo cuando el valor de los gravámenes, cargas o afecciones impuestos sobre ellos sobrepase su valor intrínseco; si bien no se consideran carga, gravamen o afección las inversiones que tenga que realizar la Comunidad Autónoma para dar el destino de uso general o servicio público de su competencia que fije el cedente o donante.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda, hecha en los términos en los que el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo acordó la cesión, a título gratuíto, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinticinco de octubre de dos mil uno,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se acepta, en los términos fijados en la resolución de la Dirección General del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo de fecha 31 de julio de 2001, la cesión a título gratuito, de uso hecha a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia por un plazo de diez años de los siguientes inmuebles:

1. Local nº 88. Local comercial, emplazado en la planta baja, a cota de portal, del bloque número tres-zona II, en la urbanización Rivera Atienza, en la parroquia de Lavadores, municipio de Vigo, de superficie 147,68 m. Linda: derecha, visto de norte a sur, con portal y escaleras y con vivienda de minusválido; fondo, fachada posterior, sobre resto de finca matriz; izquierda, bloque cuatro; y,

frente, corredor por donde tiene uno de sus accesos, y después, resto de la finca matriz.

Figura inscrito en el Registro de la Propiedad nº 2 de Vigo en el tomo 1.676, libro 766, folio 67, finca nº 50.424, inscripción 1ª.

2. Local nº 115. Local comercial, adosado a la izquierda, visto desde la calle Portela, a la cota de esta, del bloque catorce, en la urbanización Rivera Atienza, en la parroquia de Lavadores, municipio de Vigo, de superficie 327,80 m. Tiene su acceso directamente desde la calle Portela. Linda: frente, franja o zona de urbanización, en resto de la finca matriz, que la separa de la calle Portela; derecha, rampa de acceso a garajes y pared de separación de éstos; fondo, resto de la finca matriz, en urbanización interior; e izquierda, pared y zona de intercomunicación.

Figura inscrito en el Registro de la Propiedad nº 2 de Vigo en el tomo 1.677, libro 767, folio 75, finca nº 50.874, inscripción 1ª.

3. Local nº 116. Local comercial, adosado a la derecha, visto desde la calle Portela, a la cota de esta, del bloque catorce, en la urbanización Rivera Atienza, en la parroquia de Lavadores, municipio de Vigo, de superficie 475,22 m. Tiene su acceso directamente desde la calle Portela. Linda: frente, terreno de la urbanización, que separa de la calle Portela; derecha, entrando, zona da urbanización en resto de finca matriz, que separa de planta de sótano del bloque quince; e izquierda, rampa de accesos a garajes del bloque quince.

Figura inscrito en el Registro de la Propiedad nº 2 de Vigo en el tomo 1.677, libro 767, folio 76, finca nº 50.876, inscripción 1ª.

Artículo 2º

Los locales que se ceden se destinarán al desarrollo de actividades con distintos colectivos sociales (mayores, minusválidos, marginados, etc.) en el marco de los programas de intervención social de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales destinados a mejorar el nivel de bienestar, integración y condiciones de vida de estos colectivos.

Artículo 3º

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, procederá a la formalización de la cesión de uso en el correspondiente documento público y a la inscripción del bien en el Registro de la Propiedad a nombre de la Comunidad Autónoma.

Disposición final

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, llevará a cabo todos los trámites necesarios para la efectividad del presente decreto.

Santiago de Compostela, veinticinco de octubre de dos mil uno.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda