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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 220 Miercoles, 14 de noviembre de 2001 Pág. 14.699

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE FAMILIA Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO, MUJER Y JUVENTUD

CÉDULA de 1 de octubre de 2001, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se hace pública la resolución de revocación de las ayudas a la contratación indefinida del expediente administrativo FM 342B 2000/429-5.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), y no siendo posible la práctica de la notificación en el domicilio señalado por el interesado de la resolución de revocación de las ayudas a la contratación indefinida de la subvención del expediente

administrativo, conforme a lo establecido en la Orden de 22-3-1999 (DOG del 31 de marzo), se publica:

1. Expediente de procedimiento: FM 342B 2000/429-5.

Orden de la convocatoria: 22 de marzo de 1999 (DOG del 31 de marzo).

Interesado: Bras Telecomunicaciones e Instalaciones, S.L.

Domicilio: c/ Calvo Sotelo, 12-1º, 36860 Ponteareas (Pontevedra).

Asunto: resolución por delegación del delegado provincial de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud de fecha 19 de septiembre de 2001, al amparo de la Orden de 22-3-1999.

Resolución:

«Examinado el expediente de ayudas por la contratación indefinida de trabajadores, presentada por Bras Telecomunicaciones e Instalaciones, S.L. y teniendo en cuenta los siguientes

Antecedentes:

Primero.-La solicitud fue presentada el 29-2-2000 y estimada en la Resolución de 27-6-2000, por la que se concedió al interesado una ayuda por un importe total de 1.000.000 de pesetas por la contratación indefinida de 3 trabajadores.

Segundo.-El pago de la subvención concedida se condicionó a la presentación de la documentación y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la orden de convocatoria.

Tercero.-El beneficiario no aportó de forma correcta y en el plazo indicado la siguiente documentación:

-Certificados de encontrarse al día en los pagos a la Seguridad Social y en la Agencia Estatal Tributaria.

-Certificado de no tener contraídas deudas con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.

-Declaración expresa, a la fecha actual, comprensiva de todas las ayudas y subvenciones solicitadas o concedidas para este mismo proyecto o, de ser el caso, de que no solicitó o percibió ninguna ayuda y subvención de las distintas administraciones públicas.

-Alta en el impuesto de actividades económicas. Compulsado.

-TC1 y TC2 pagados, de los meses siguientes: abril de 2000, noviembre y marzo de 1999 y diciembre de 1998.

Cuarto.-En la tramitación del presente expediente se observaron todos los requisitos y prescripciones legales.

Fundamentos:

Primero.-La competencia, por delegación de la conselleira de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, corresponde a esta delegación provincial en virtud del artículo 18.1º a) de la Orden de 22 de marzo de 1999 (DOG del 31 de marzo) por la que se establecen los programas de fomento de la contratación y de la estabilidad en el empleo para el año 1999.

Segundo.-La disposición adicional segunda de la orden reguladora determina la revocación de las ayudas y subvenciones concedidas en los casos y en los términos previstos en el artículo 78 del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, aprobado por el Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre (DOG del 5 de noviembre).

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación, esta delegación provincial

RESUELVE:

Revocar la resolución de esta delegación provincial de 27-6-2000, por la que se concedió al interesado una ayuda por un importe total de 1.000.000 de pesetas por la contratación indefinida de 3 trabajadores.

Notifíquese al interesado esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa y contra la que cabe formular recurso de alzada, ante la conselleira de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.3º de la orden de la convocatoria y en los artículos 107.1º, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Vigo, 19 de septiembre de 2001. P.D. Delegado provincial. Fdo.: Joaquín Macías Sánchez».

Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Fomento del Empleo de la Delegación Provincial de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud en Vigo.

Vigo, 1 de octubre de 2001.

Joaquín Macías Sánchez

Delegado provincial de Pontevedra